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INSTITUCION EDUCATIVA

LOS ANAYES

CÓDIGO DANE No.  219256003726

El Tambo - Cauca

 


 

TABLA DE CONTENIDO

 

PRESENTACION                                                                                                                                                                               5

CAPITULO I: GENERALIDADES INSTITUCIONALES                                                                                                               7

CARACTERIZACIÓN INSTITUCIONAL                                                                                                                                   7

MISIÓN                                                                                                                                                                                         7

VISIÓN                                                                                                                                                                                          7

VALORES INSTITUCIONALES                                                                                                                                                  7

PERFIL DEL EGRESADO                                                                                                                                                            8

                                                                                                                                                                                                        8

SÍMBOLOS INSTITUCIONALES                                                                                                                                               8

LA BANDERA:                                                                                                                                                                              8

EL ESCUDO                                                                                                                                                                                  8

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA                                                                                                                   9

CAPITULO II.  DE LOS ESTUDIANTES                                                                                                                                     10

Artículo 1. Solicitud y asignación de cupos                                                                                                                   10

Artículo 2. Definición de matrícula                                                                                                                                  10

Artículo 3. Requisitos para la matrícula                                                                                                                         10

Artículo 4. Causas para pérdida de carácter de estudiante:                                                                                   11

Artículo 5.  Derechos de los estudiantes.                                                                                                                      11

Artículo 6. De los deberes de los estudiantes.                                                                                                             12

Artículo 7. Derechos y deberes de las estudiantes en estado de gestación.                                16

CAPITULO III. DE LOS ACUDIENTES                                                                                                                                       17

Artículo 8. Deberes de la familia                                                                                                                                       17

Artículo 9. Derechos de los padres, madres o cuidadores                                                                                         18

CAPITULO IV. DOCENTE, DIRECTIVO Y ADMINISTRATIVO                                                                                             20

Artículo 11.  Responsabilidades de los establecimientos educativos.                                                                20

Artículo 12. Responsabilidades del Rector.                                                                                                                  22

Artículo 13. Responsabilidades de los docentes.                                                                                                        22

Artículo 15. Responsabilidad del docente orientador.                                                                                             24

Artículo 16. Responsabilidades del personal administrativo.                                                                                25

Artículo 17. Derechos de docentes, directivos y personal administrativo.                                                       25

CAPITULO V.  DEFINICIONES Y PRINCIPIOS                                                                                                                        26

Artículo 18. Definiciones                                                                                                                                                     26

1.      Acoso escolar o bullying                                                                                                                                 26

2.      Agresión escolar                                                                                                                                                 27

3.      Agresión física                                                                                                                                                      27

4.      Agresión verbal                                                                                                                                                    27

5.      Agresión gestual                                                                                                                                                 27

6.      Agresión relacional                                                                                                                                            27

7.      Agresión electrónica                                                                                                                                         27

8.      Ciberbullying o ciberacoso escolar                                                                                                           27

9.      Competencias ciudadanas                                                                                                                            27

10.        Conflictos manejados inadecuadamente                                                                                          27

11.        Conflictos                                                                                                                                                           28

Artículo 19. Principios del Sistema                                                                                                                                   28

CAPITULO VI: PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS                                                                                                               29

Artículo 20. Clasificación de las situaciones de Convivencia Escolar                                                                   29

Artículo 21. Ruta de atención integral, descripción general.                                                                                 30

Artículo 21.1. Definición   de   las   conductas   asociadas   a   las   situaciones                        30

Artículo 21.2. Tipificación de las situaciones                                                                                                   31

1.      SITUACIONES TIPO I. (Faltas leves):                                                                                                    31

2. SITUACIONES TIPO II (Faltas graves):                                                                                                       40

3. SITUACIONES TIPO III (Faltas gravísimas):                                                                                            51

Artículo 24. COMPONENTES RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL                                                                                    65

Artículo 24.1. Componente de Promoción                                                                                                        65

Artículo 24.2.  Componente de Prevención                                                                                                     65

Artículo 24.3. Componente de Atención                                                                                                            65

Artículo 24.4. Componente de Seguimiento                                                                                                    65

Artículo 25. Derecho a la intimidad y confidencialidad                                                                                            65

Artículo 26. Circunstancias atenuantes                                                                                                              66

Artículo 27. Circunstancias agravantes                                                                                                              66

CAPITULO VII: INCLUSION EDUCATIVA                                                                                                                              67

CAPITULO VIII.  DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA                                                                                          71

Artículo 33. Objetivo del comité Escolar de convivencia escolar                                                                          71

Artículo 34. Integrantes:                                                                                                                                                      71

Artículo 35. Funciones                                                                                                                                                          71

Artículo 36. Sesiones.                                                                                                                                                           73

Artículo 37. Decisiones                                                                                                                                                         73

Artículo 38. Invitación                                                                                                                                                          74

Artículo 39. Confidencialidad                                                                                                                                             74

Artículo 40. Conflictos de interés, impedimentos y recusaciones                                                                        74

CAPITULO IX. GOBIERNO ESCOLAR                                                                                                                                     77

Artículo 43: El Consejo Directivo                                                                                                                                      77

Artículo 44: El Consejo Académico                                                                                                                                  77

Artículo 45: El Comité de Convivencia                                                                                                                            77

Artículo 46: Junta de Padres de Familia                                                                                                                         78

Artículo 47: El Consejo Estudiantil                                                                                                                                   78

Artículo 48: del Personero Estudiantil                                                                                                                            79

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

EL MANUAL DE CONVIVENCIA

 

PRESENTACION

 

El Manual de Convivencia es mucho más que un conjunto de normas: es el tejido simbólico que orienta el vivir juntos en nuestra comunidad educativa. En Los Anayes, este documento recoge acuerdos, principios y rutas de cuidado que permiten construir un ambiente armónico, seguro y profundamente humano, donde cada integrante pueda florecer.

En toda sociedad, familia o comunidad, la convivencia requiere pactos claros, sentidos compartidos y espacios de diálogo. Las normas no deben imponerse como castigos, sino construirse como acuerdos que reflejan nuestra identidad colectiva, nuestros sueños y nuestras formas de cuidarnos mutuamente.

 

Este manual nace del reconocimiento de que, en ocasiones, las reglas se desconocen o se perciben como ajenas. Por eso, en Los Anayes, las normas se construyen desde la participación, el respeto por la diversidad, y el compromiso con una educación emocionalmente segura.

 


 

Fundamento Normativo

El Manual de Convivencia de la Institución Educativa Los Anayes se sustenta en la legislación colombiana vigente, que promueve la protección integral, la participación y la justicia restaurativa en contextos escolares:

•           Ley 1620 de 2013: Crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y los comités escolares de convivencia.

•           Decreto 1965 de 2014: Reglamenta la Ley 1620 y define las situaciones tipo I, II y III, así como las rutas de atención.

•           Ley 1098 de 2006: Código de Infancia y Adolescencia, que garantiza los derechos de niños, niñas y adolescentes.

•           Ley 115 de 1994: Ley General de Educación, que promueve la formación integral y la participación democrática.

•           Política Pública Nacional de Justicia Juvenil Restaurativa (MinJusticia, 2022): Reconoce el derecho de adolescentes entre 14 y 28 años a procesos restaurativos en el marco del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA). Promueve la reparación integral, la verdad, el restablecimiento de vínculos comunitarios y la participación activa de víctimas, ofensores, familias y comunidad.

•           Reforma a la Ley 1098 (2025): Incorpora un enfoque restaurativo y terapéutico en el tratamiento de adolescentes en conflicto con la ley, fortaleciendo la reintegración social, la reparación del daño y el acompañamiento emocional.

•           Orientaciones del ICBF y entidades del SNCRPA: Promueven prácticas restaurativas en contextos educativos, familiares y comunitarios, articuladas con el enfoque de derechos y la protección emocional.


 

CAPITULO I: GENERALIDADES INSTITUCIONALES

 

CARACTERIZACIÓN INSTITUCIONAL

La Institución Educativa Los Anayes, es un establecimiento educativo de carácter oficial, género mixto, con calendario A, ofrece los niveles de pre-escolar, básica primaria, secundaria y media técnica agropecuaria en articulación con el SENA, se encuentra ubicada en el Departamento del Cauca, municipio de El Tambo, Corregimiento de Los Anayes.

 

MISIÓN

Forma holísticamente seres humanos capaces de desarrollar habilidades cognitivas socioemocionales y competencias: agropecuarias, tecnológicas, artísticas, deportivas, para afrontar los desafíos del siglo XXI y los objetivos del desarrollo viable: teniendo en cuenta los valores y principios éticos, morales, ciudadanos, medioambientales dentro de un ambiente incluyente, y de convivencia pacífica que permitan aportar soluciones a su contexto social, económico y cultural, contribuyendo al bienestar y la convivencia armónica.

 

VISIÓN

Al año 2030, sus estudiantes se caracterizarán por su responsabilidad, honestidad, con espíritu crítico, analítico, participativo y solidario que en forma progresiva alcancen un crecimiento personal desde lo holístico en los ámbitos intelectual, cultural, técnico, ético y con conocimientos en la tecnología, con posibilidades de continuar estudios superiores, generar procesos de emprendimiento y se proyecten positivamente a la sociedad, con sentido de pertenencia institucional.

 

VALORES INSTITUCIONALES

La Institución Educativa Los Anayes reconoce los siguientes valores como actitudes y comportamientos que prevalecen, para fortalecer la sana convivencia basado en la organización de normas, cualidades y principios éticos: Respeto, Responsabilidad, Honestidad, Orden e Inclusión. La convivencia, es un valor que incluye todos los anteriormente mencionados con el propósito de fomentar la armonía y el equilibrio, mediante las relaciones afectivas en la comunidad educativa.

 

PERFIL DEL EGRESADO

Nuestros estudiantes desarrollan una actitud crítica hacia su entorno, respetando la diferencia y estableciendo relaciones interpersonales que favorezcan su interacción con la comunidad y administren su proyecto de vida, descubran sus potencialidades para cultivarlas y sus limitaciones para mejorarlas, creando conciencia por el equilibrio y la conservación ambiental, siendo una persona emprendedora, competitiva, capaz de enfrentar los nuevos retos que se presentan en el mundo actual.

 

SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

 

LA BANDERA:                                            De forma rectangular, se compone de dos franjas horizontales del mismo tamaño. Franja superior de color azul celeste, franja inferior de color verde, un campo circular de color blanco superpuesto sobre las anteriores.

El color azul celeste, simboliza nuestro cielo y los sentimientos más íntimos del ser humano (espirituales).

El color verde, simboliza la esperanza institucional de aportar para el desarrollo integral de la región y resalta la importancia que tiene la conservación de la naturaleza. El blanco, simboliza la pureza espiritual y la fundamentación de los valores humanos y de convivencia de nuestra comunidad educativa. 

 

EL ESCUDO:                   Tiene un campo de forma ojival configurado por un borde negro, en él se encuentran dos campos; en los que se aprecia un sol naciente esplendoroso sobre el horizonte y un libro que simboliza el conocimiento y la ciencia.

Sobre el cuartel de la parte inferior, se aprecia el relieve de la región, la fertilidad y el verdor del campo. Además, se observa la cascada de Perolindez, sitio de importancia ecológica hídrica y paisajista.

El escudo está complementado a sus dos lados por dos cañas de azúcar y en la parte inferior dos ramas de café con sus frutos; productos de importancia agrícola y económica de la región.

 En su parte superior resaltan tres palabras con un gran significado para nuestra institución: “ciencia cultura y trabajo

 

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

 

a.    Organizar de manera razonable y pedagógica cada una de las actividades programadas.

b.    Formular pautas de comportamiento que deben practicar cada uno de los miembros de la comunidad educativa.

c.    Determinar los estímulos y correctivos a que se hacen merecedores las personas por sus actos.

d.    Reconocer los derechos y deberes de cada uno de los miembros de la comunidad educativa.

e.    Propiciar la igualdad, el equilibrio, la armonía, la tolerancia y la solidaridad entre todos sus integrantes.

f.     Aplicar las normas sobre derechos humanos, ley 1098 de 2006 y demás normas concordantes, además de la constitución política de Colombia.

 


 

CAPITULO II.  DE LOS ESTUDIANTES

 

Artículo 1. Solicitud y asignación de cupos. Se requiere:

a.     Diligenciar y entregar la solicitud de inscripción de alumnos nuevos.

b.     Aportar la documentación establecida por la Institución Educativa y firmar los formatos que formalizan el proceso de matrícula

c.      Firmar el documento de acto de corresponsabilidad en la Institución Educativa, conocer y aceptar el cumplimento del Manual de Convivencia del Establecimiento Educativo.

 

Los estudiantes que llegan al grado de transición deben cumplir con la edad requerida por el MEN para el ingreso al SIMAT.  Para los niños con alguna discapacidad tendrán libre acceso a la educación; según Decreto No. 2082 de 1996 y demás normas y orientaciones sobre Inclusión Escolar.

 

Artículo 2. Definición de matrícula.  Es un contrato de derecho civil de adhesión que se realiza cada año a solicitud y voluntad de las partes. Para realizarla el padre de familia o acudiente se presenta al plantel el día establecido por el mismo, para firmar el protocolo de matrícula el cual se hará únicamente cuando el alumno ingresa por primera vez a la Institución, renovándola cada año mediante la firma del padre de familia o acudiente y del estudiante. El proceso de sistematización de la matricula se hará teniendo en cuenta las disposiciones y cronograma establecido por el Sistema de Matriculas de estudiantiles SIMAT.


Artículo 3. Requisitos para la matrícula.  Para la matrícula inicial, es necesario presentar:

 

a.     Pago del valor establecido para la póliza estudiantil.

b.     Documento de identificación personal, de registro civil de nacimiento, de 7 a los 17 años copia de la tarjeta de identidad.

c.      Fotocopia del certificado ADRESS.

d.     Certificado del Sisben, donde conste el grupo y subgrupo asignado del estudiante y grupo familiar.

e.     Copia de documento de identidad de los padres y/o acudiente

f.       Certificado de estudios aprobados si es primera vez que ingresa al establecimiento educativo.

g.     Copia de carnet de vacunación actualizado, control de crecimiento y desarrollo (menores de 10 años) y, certificado de control del joven.

 

Artículo 4. Causas para pérdida de carácter de estudiante:

a.     Retiro voluntario del establecimiento educativo.

b.      La inasistencia injustificada que supere el 25 % del total de horas programadas por asignatura, será motivo de análisis por parte del comité de evaluación y promoción. Este comité verificara las causas, notificara al acudiente y definirá las estrategias de acompañamiento y recuperación; en caso de que el estudiante no presente mejoría o no justifique sus ausencias, se podrá perder la promoción en las asignaturas afectadas, conforme al debido proceso y a lo establecido en el sistema institucional de evaluación.

c.      Presentación de documentos falsos en el momento de la matrícula, con el fin de resolver situaciones de la vida escolar.

d.     Matricula en seguimiento: Aplica cuando un estudiante ha incurrido en faltas tipo III, previa aplicación del debido proceso y, de acuerdo a lo establecido por el comité de convivencia escolar y mediante acuerdo del consejo directivo que intervendrá en el acto de corresponsabilidad. El estudiante continuara vinculado a la institución bajo observación y acompañamiento por parte del equipo docente, orientador escolar y directivos. Se establecerá un plan de compromiso firmado por el estudiante y su acudiente, que incluirá metas académicas, de convivencia y actitudes de reparación o reconciliación. El incumplimiento de estos compromisos será causal de no renovación de la matricula para el año siguiente, previa evaluación del caso por el comité de convivencia y con respecto al debido proceso. 

 

Artículo 5.  Derechos de los estudiantes. 

a.     Ser llamado por su propio nombre.

b.     Conocer oportunamente el Manual de convivencia. Ser evaluado con equidad, justicia y objetividad en los trabajos, evaluaciones, actividades curriculares.

c.     Ser escuchado con respeto y atención, antes de que se adopte cualquier medida disciplinaria, especialmente cuando haya incurrido en una falta garantizando su derecho al debido proceso y a la defensa.

d.     Recibir de la Comunidad Educativa, un trato amable y respetuoso digno de todo ser humano.

e.     Recibir una educación adecuada que le permita realizarse como persona en el aspecto: social, espiritual, cultural y cognitivo. Además de ser orientado en el manejo del tiempo libre, permitiendo la construcción de un verdadero proyecto de vida.

f.      Participar en eventos deportivos, culturales, sociales y académicos, seleccionado oportunamente a nivel local, regional y nacional.

g.     Representar a la institución educativa en eventos deportivos, culturales, sociales y académicos, evaluando su comportamiento y cumplimiento con actividades académicas.

h.     Recibir oportunamente los resultados de las evaluaciones, pruebas o trabajos desarrollados durante las diferentes asignaturas.

i.       Disfrutar de todos los beneficios y servicios que ofrecen las diferentes dependencias de la Institución.

j.       Elegir y ser elegido según los requisitos exigidos para ser personero, Contralor Estudiantil, representante ante el consejo directivo o representante de grupo en la construcción del gobierno escolar.

k.     Obtener el boletín de calificaciones al finalizar cada periodo académico de manera oportuna.

l.       Recibir oportunamente los certificados y constancias solicitados de acuerdo al tiempo establecido por la ley.

m.   Ser representado por el acudiente en mingas y actividades programadas.

 

Artículo 6. De los deberes de los estudiantes. 

Mis deberes son:

1.    Presentarme con mi padre/madre de Familia y/o acudiente en el momento de la matrícula, aceptar el Manual de convivencia.

2.    Ser responsable de mi quehacer académico.

3.    Participar activamente en el proceso de enseñanza–aprendizaje y obtener un buen rendimiento académico y comportamental.

4.    Cumplir con hábitos de higiene para un mejor bienestar personal y de la comunidad educativa.

5.    Cuidar de todos los elementos puestos a mi servicio y no generar su destrucción. Si esto sucede, me hare cargo del valor de la reparación o reposición del bien dañado.

6.    Cumplir con mis responsabilidades académicas sean tareas, trabajos escritos, talleres, evaluaciones. Además, llevar en orden mis cuadernos.

7.    Cumplir con su proceso de aprendizaje, poniéndose al día en las actividades académicas, tareas, evaluaciones y apuntes, desarrollados durante su ausencia sea justificada o no, en un tiempo determinado de cinco días hábiles

8.    Vivenciar los valores institucionales: respeto, responsabilidad, solidaridad, honestidad, orden, inclusión y la paz.

9.    Respetar a todos los miembros que conforman la comunidad educativa sin distinción de género, clase, credo, cargo, etnia y orientación sexual.

10.No agredir físicamente a ningún miembro de la comunidad educativa.

11.No maltratar a otros de palabra o trato usando un lenguaje inadecuado como sobrenombres gestos o actitudes. 

12.Traer, mantener y cuidar los elementos indispensables para el cumplimiento de los deberes escolares, debidamente marcados.

13.Enfocar mi trabajo hacia la orientación al logro y la excelencia académica.

14.Estudiar con antelación las temáticas vistas antes de cada clase y durante la fecha de evaluaciones, presentándome a las mismas en los horarios establecidos por el establecimiento, evitando el fraude, actuando honestamente y respetando los derechos de autor.

15.Permanecer en el aula de clase durante los tiempos académicos, sin alterar el normal desarrollo del trabajo escolar manteniendo una actitud de participación activa. No abandonar mi salón de clase sin la autorización de un docente. 

16.Hacer uso adecuado del uniforme, sin otro tipo de prendas que no son estipuladas en el uniforme escolar, en los horarios establecidos y cuando así se requiera, además, mantenerse aseado y con presentación personal adecuada.

17.Solucionar los conflictos por medio de la conciliación y diálogo.

18.Realizar prácticas que ayuden a conservar el medio ambiente tales como depositar la basura en su lugar, cerrar las llaves de agua, utilizar de manera adecuada los baños, entre otros.

19.No traer objetos que inciten a la violencia u otro elemento que pueda lastimar a cualquier miembro de la comunidad.

20.No traer material impreso, vulgar, irrespetuoso de la dignidad del ser humano, o inadecuado al contexto escolar.

21.No mostrar comportamiento insubordinado, ni irrespetuoso en clase ni fuera de ella.

22.Acatar los reglamentos establecidos para el funcionamiento de todos los servicios complementarios brindados en la institución.

23.No consumir sustancias psicoactivas en ningún espacio del establecimiento ni fuera de él, no portar y/o distribuir sustancias psicoactivas u otras que atenten contra el bienestar de la comunidad educativa.

24.No portar armas corto-punzantes, armas de fuego, u otro artefacto que amenace la integridad de otra persona de la comunidad educativa.

25.Demostrar respeto por la Institución Educativa evitando actos bochornosos o violentos dentro del plantel y/o fuera de él, mientras porte el uniforme escolar. Así mismo, comentarios negativos, que dañen el buen nombre de la Institución.

26.Abstenerse de promover, participar o propiciar, juegos azar, rifas o apuestas dentro de la Institución Educativa.

27.Hacer buen uso de la planta física, terrenos, cultivos, herramientas, muebles, enceres, equipos de la institución y los demás que sobrevengan de convenios adquiridos por la comunidad educativa.

28.Hacer el buen uso del parqueadero y abstenerse de ingresar motocicletas, bicicletas o vehículos a áreas no autorizadas dentro de la Institución Educativa.

29.Informar por escrito a la dirección, sugerencias, reclamos o quejas que se puedan presentar.

30.No entrar a los salones de mis compañeros de otros niveles o grados sin ser autorizado por un docente.

31.Servir de medio de comunicación entre el establecimiento y mis padres o acudiente, en lo relacionado con citaciones, reuniones e informes.

32.Cuidar los bienes de los docentes y demás espacios que estos utilizan.

33.Respetar los derechos de los padres de familia, Directivos Docentes, Docentes y demás integrantes de la comunidad educativa.

34.Respetar la autoridad del docente dentro y fuera del aula manteniendo un ambiente de armonía y de dialogo permanente.

35.El uso del celular solo está permitido con fines pedagógicos y bajo autorización del docente, su uso para distracciones, grabaciones, fotografías o difusión de contenidos sin permiso será considerado falta de tipo II, en caso de reincidencias o uso para acoso o para grabaciones indebidas se clasificará como tipo III, activando la Ruta de Atención Integral; los dispositivos serán decomisados y devueltos únicamente al acudiente autorizado.

36.Cumplir con el servicio social obligatorio de los estudiantes de educación media cumpliendo como mínimo 80 horas que exige la Ley 115 de 1994 en su Artículo 97. Sin embargo, con el consejo directivo, consejo académico y comité de convivencia se acuerda que se desarrollara 120 horas debido a la modalidad técnica.

37.Mantener un comportamiento adecuado en el momento de recibir e ingerir los alimentos en el restaurante escolar.

38.Uso de la tienda escolar. Está permitido únicamente durante los descansos establecidos en el horario institucional; se prohíbe a los estudiantes salir del aula en horas de clase para comprar alimentos o bebidas, así como consumir alimentos dentro de las clases, salvo autorización especial del docente por motivos de salud o actividades pedagógicas.

39.La asistencia a clases con puntualidad es obligatoria para todos los estudiantes matriculados en la Institución. Las justificaciones de las faltas de asistencia deberán presentarse por escrito y en el formato establecido en la Institución al docente de la asignatura o director de grupo, en el plazo no mayor a 3 días de su reintegro. La asistencia a clase se considera responsabilidad del estudiante y de sus padres.

40.Dar uso adecuado de las basuras (separar, reciclar, depositar en lugar correspondiente) y demás residuos, así como generar una conciencia ambiental entre sus demás compañeros.

41.No permanecer en el salón de clases durante las horas de descanso sin autorización del docente, excepto si se realizan actividades culturales, deportivas, religiosas, etc… en la institución que requieran el uso de los salones.

42.Me abstengo de ingresar o permitir el ingreso a personas ajenas a la Institución Educativa sin la debida autorización del rector. Esto con el fin de preservar la seguridad, el orden y el buen desarrollo de las actividades académicas; su incumplimiento será registrado en el observador del estudiante y tratado conforme a la ruta integral de convivencia escolar.

43.No salir de la institución durante la jornada escolar sin autorización previa

44.Cumplir con puntualidad al horario de ingreso a la institución, clases, y las actividades establecidas por la Institución.

 

 

Artículo 7. Derechos y deberes de las estudiantes en estado de gestación.

  1. Informar oportunamente del estado de gestación en la institución educativa y aportar examen médico que confirme su estado de salud.
  2. Responder con sus obligaciones académicas como estudiante durante el periodo que permanezca en embarazo.
  3. Durante la etapa de posparto durante los siguientes 40 días, por su cuenta, seguirá los procesos de aprendizaje desde su casa. Una vez terminado este periodo regresa a la Institución Educativa y deberá responder por los logros académicos establecidos para el grado que curse.
  4. Organizar su tiempo de manera efectiva. Debe equilibrar sus responsabilidades académicas con sus necesidades personales y familiares.
  5. Buscar apoyo cuando sea necesario. La estudiante debe buscar ayuda de docentes, orientador escolar o directivos cuando enfrente desafíos escolares o personales.
  6. Contar con flexibilidad académica para recuperar, evaluaciones, talleres o actividades que no pueda realizar por controles médicos o cuidados del recién nacido.
  7. Privacidad y confidencialidad. La institución educativa debe respetar la privacidad y confidencialidad de la estudiante en relación con su situación de gestación y lactancia.

 


 

CAPITULO III. DE LOS ACUDIENTES

 

Artículo 8. Deberes de la familia. Articular al Manual de convivencia de este establecimiento educativo, de acuerdo a las obligaciones consagradas en el Art.67 de la Constitución Política, en la Ley 115 del 9, la Ley 1098 del 2006, la Ley 1453 del 2011 y demás normas vigentes, la Ley 1620 del 2013 en su artículo 22 establece que la familia deberá:

  1. Cumplir con las obligaciones contraídas en la Matrícula, Acto de corresponsabilidad y el Manual de Convivencia, para facilitar el proceso educativo.
  2.  Proporcionar al estudiante, los útiles y uniformes requeridos para el normal desarrollo de todas las actividades escolares, y velar por su buena presentación y porte del uniforme exclusivamente en la jornada escolar.
  3. Brindar un adecuado ambiente familiar que contribuya a fortalecer el proceso de enseñanza y formación integral del estudiante.
  4. Ejercer un papel activo en la educación de sus hijos (a) supervisando y apoyando las actividades extracurriculares que deben realizar (tareas, talleres, trabajos, etc…)
  5. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la democracia y el fomento de estilos de vida saludable.
  6. Presentarse a realizar el proceso de matrícula o renovación de la misma por cada año lectivo dentro de los plazos establecidos por la Institución.
  7. Asumir responsablemente las sugerencias y recomendaciones de tipo formativo, dadas por los educadores, orientación escolar, directivos, comisiones de evaluación, comité de convivencia para tomar medidas preventivas y correctivas.
  8. Hacer quejas, reclamos o sugerencias justos y respetuosos respetando el debido proceso del conducto regular, ante los docentes, directivos docentes y personal administrativo utilizando el dialogo y la concertación.
  9. Desarrollar pautas de crianza adecuadas tendientes al mejoramiento de la formación integral de su hijo (a) y asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre.
  10. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de Derechos Sexuales y Reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el Manual de Convivencia de la Institución Educativa.
  11. Asistir puntualmente a todas las reuniones de padres de familia convocadas por la Institución Educativa; en caso de incumplir es necesario justificar la falta o de lo contrario deberá presentarse al día siguiente.
  12. Cumplir con las actividades como: Escuela de padres, mingas u otras actividades programadas.
  13. Justificar por escrito las ausencias o llegadas tarde de sus hijos y evitar que estas sean reiterativas.
  14. Responsabilizarse de los daños ocasionados por sus hijos dentro y fuera de la institución.
  15. Impedir que sus hijos o acudidos lleven elementos costosos (celular, audífonos, consolas, parlantes, rocolas, etc) e innecesarios a la Institución, esta no se hace responsable por pérdida o daños de los mismos, el padre de familia asume la perdida.
  16. Velar para que sus hijos o acudidos cumplan con el horario de ingreso establecido en la institución.
  17. Estar en contacto permanente con los directores de grupo y los demás docentes, para cooperar en el cumplimiento de las actividades que son responsabilidad del estudiante.
  18. Mantener actualizado el número celular en la Institución para ubicarlos en caso de emergencia.
  19. Participar en la revisión y ajuste del Manual de Convivencia a través de instancias de participación definido en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.
  20. Apropiarse del contenido del Manual de convivencia.
  21. En caso de no continuar en el establecimiento educativo para realizar el retiro formal debe acercarse a la institución y presentar por escrito la solicitud de retiro del sistema de matrículas – SIMAT y anexar copia del documento de identidad del acudiente.

Artículo 9. Derechos de los padres, madres o cuidadores

 

1.    Elegir y ser elegido en las diferentes estancias del Gobierno Escolar.

2.    Recibir buen trato, atención oportuna y eficaz de todo el personal de la Institución acogiéndose a los horarios establecidos para su atención.

3.    Ser informado periódicamente sobre el rendimiento académico, evaluaciones, talleres, trabajos, comportamiento y demás actividades que contribuyan en la formación integral del estudiante; de manera oral, escrita o digital cuando el padre de familia lo solicite.

4.    Cuando su hijo (a) ingrese por primera vez a la Institución tendrá un tiempo oportuno y no mayor a un mes para la consecución de los uniformes.

5.    A recibir información oportuna sobre los ingresos y gastos contemplados en el presupuesto de la Institución.

6.    Expresar respetuosa y oportunamente sus opiniones acerca de la educación y el trato que reciben sus hijos, teniendo en cuenta el conducto regular.

7.    Ser convocado y partícipe en la toma de decisiones en la asamblea general y otros espacios establecidos.

8.    Recibir las explicaciones pertinentes cuando su hijo (a) se vean involucrado en alguna falta contemplada en el presente manual.

9.    A recibir certificaciones y constancias de estudio para estudiantes que se encuentren en alguno de los niveles de educación, básica primaria, básica secundaria y/o educación media, con solicitud anticipada mínimo de tres días.

10.Ser notificado y firmar compromiso por situaciones en las incurran sus hijos (a) o acudidos.

 

Procede cuando el estudiante acumule en su seguimiento del formato de llamados de atención, tres (3) anotaciones escritas de faltas leves o cuando las faltas se tipifiquen en situaciones de tipo II y tipo III, cumpliendo con el debido proceso en la Ruta Integral de Atenciones.

 

Debido proceso: El titular de grupo notificará por escrito a los padres de familia o acudiente autorizado de la situación del estudiante y citarán para dialogar y buscar fórmulas que permitan una adecuada normalización del niño/adolescente. De este diálogo se dejará constancia escrita en el cuaderno de seguimiento del grupo /del estudiante o en la ficha observador del estudiante según el tipo de situación en que se incurrió y contará con la firma del titular de grupo, los padres de familia o acudiente autorizado y el estudiante.

 

CAPITULO IV. DOCENTE, DIRECTIVO Y ADMINISTRATIVO

 

Artículo 11.  Responsabilidades de los establecimientos educativos. Articular al Manual de convivencia de la Institución Educativa los Anayes las siguientes responsabilidades, de acuerdo a lo establecido en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:

 

  1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
  2. Implementar el comité de convivencia escolar y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13  de la Ley 1620 de  2013.
  3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.
  4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.
  5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité de convivencia escolar.
  6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.
  7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.
  8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.
  9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.
  10. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, orientación sexual diversa, vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.
  11. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores.
  12. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas.
  13. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad.
  14. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes.
  15. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja.

 

Artículo 12. Responsabilidades del Rector.

  1. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la Ley 1620 de 2013.
  2. Incorporar en los procesos de planeación institucional, el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
  3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el Manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.
  4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.
  5. Articular acciones con el área de Orientación Escolar y el Comité Escolar de Convivencia para el cumplimiento de lo estipulado en el presente Manual.

 

Artículo 13. Responsabilidades de los docentes.

 

Articular al Manual de convivencia de este establecimiento educativo, además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, las siguientes responsabilidades:

1.    Identificar y reportar a orientación escolar o rectoría los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el Manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente, deberá reportar al comité escolar de convivencia para que activen el protocolo respectivo.

2.    Realizar trabajo pedagógico que busque la prevención de violencia escolar y hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por parte de los involucrados en las distintas situaciones buscando siempre la conciliación.

3.    Utilizar prácticas pedagógicas que contribuyan a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes.

4.    Participar de los procesos de actualización, de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

5.    Participar de forma activa en las actividades institucionales (religiosas, deportivas, culturales y democráticas) y, fomentar en los estudiantes su participación.

 

Artículo 14: Funciones del docente de disciplina.

Teniendo en cuenta que la disciplina del plantel es fundamental para el normal desarrollo de las actividades escolares, se designa cada semana dos docentes en bachiller y uno en primaria, encargado(s) de las actividades disciplinarias. Sus funciones son:

1.    Presidir las formaciones generales, según el día de la semana asignado para tal actividad.

2.    Manejar las llaves del portón para controlar la hora de cierre al ingreso y terminación de la jornada escolar.

3.    Reportar al director de grupo a aquellos estudiantes que no hagan uso adecuado del uniforme.

4.    Velar por el cumplimiento de los tiempos entrada, descanso, hora de almuerzo y salida de la jornada escolar.

5.    Observar el comportamiento y actividades en los tiempos de descanso y/o actos culturales de los estudiantes y registrar los casos generados en el formato de registro u observador del estudiante.

6.    Verificar que después de la jornada escolar el aseo de los salones, y áreas comunes (baños, pasillo) queden debidamente realizados, que los salones queden cerrados; además, hacer las respectivas observaciones a quien corresponda.

7.    Atender las observaciones e inquietudes que manifiesten sus compañeros docentes o estudiantes que se relacionen con el control semanal de la disciplina.

 

Artículo 15. Responsabilidad del docente orientador.

  1. Realizar la caracterización estudiantil y a partir de esta, adelantar diagnóstico de las necesidades educativas del grupo poblacional atendido en la Institución y enrutar el trabajo pedagógico para la formación académica
  2. Adelantar la formación de la escuela de padres que fortalezca las dinámicas familiares.
  3. Asesorar a los estudiantes para que alcancen un adecuado desarrollo personal y se adapten debidamente al medio escolar, familiar y social
  4. Contribuir en la identificación de factores de riesgo que influyen en la vida de los estudiantes.
  5. Promover acciones en procesos de inclusión en corresponsabilidad y colaboración activa con los estudiantes que presentan capacidades excepcionales o deficiencias educativas
  6. Brindar asesoría en orientación vocacional y proyecto de vida a los estudiantes.
  7. Documentar y registrar en el sistema de información los casos tipo I, II y III que se presenten en la Institución.
  8. Actuar como enlace y apoyo en la remisión de los casos.
  9. Adelantar acciones de prevención grupales, de acuerdo a las problemáticas que surjan en la Institución Educativa y afecten la convivencia
  10. Participar en la construcción, socialización e implementación del manual de convivencia.
  11. Involucrar a las familias en la ruta de atención integral para los casos de violencia escolar y vulneración de los derechos.
  12. Participar en las comisiones de evaluación y promoción.

 

Artículo 16. Responsabilidades del personal administrativo.

1.    Realizar los procesos de inscripción, asignación de cupos y matrícula, sistematizar, consolidar y analizar la información para mejorar los procesos y la satisfacción del servicio a la comunidad, de conformidad con los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional.

2.    Recibir las solicitudes y la correspondencia remitida por los diferentes usuarios y apoyar en la elaboración de la respuesta a las solicitudes para el respectivo envío al destinatario

3.    Elaborar informes solicitados por Rectoría, Secretaría de Educación y Cultura u, otras entidades que lo requieran.

4.    Elaborar los diferentes programas existentes para la recolección de información requeridos por el Ministerio de Educación Nacional y el Departamento de Planeación (DNP)

5.    Mantener actualizado el archivo de la Institución Educativa de hojas de vida de los estudiantes del plantel, docentes y administrativos.

6.    Registrar en el sistema de notas de las asignaturas con el fin de consolidar la información académica del estudiante.

7.    Organizar el archivo de gestión de la dependencia y administrar el archivo de los registros generados en el proceso para garantizar el control de los documentos y dar cumplimiento a lo establecido en la tabla de retención documental.

8.    Responder por la seguridad y confidencialidad de los documentos y/o información asignados para el manejo y adoptar los mecanismos necesarios para su adecuada conservación, de acuerdo con los lineamientos de la Entidad y las normas vigentes.

9.    Administrar el correcto uso y mantenimiento de los elementos y equipos de oficina a su cargo.

 

Artículo 17. Derechos de docentes, directivos y personal administrativo.

  1. Recibir un trato respetuoso y oportuno por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa.
  2. A la privacidad, a la reserva de información que vulnere de alguna manera su buen nombre y el bienestar de su familia.
  3. Presentar sugerencias y opiniones que favorezcan el progreso y mejoramiento del establecimiento educativo.
  4. Solicitar y que se le asignen permisos para ausentarse del establecimiento de acuerdo a la norma establecida.

5. Recibir información oportuna de quien corresponda, sobre las actividades a realizarse en el establecimiento.

6. Recibir asignación académica, jornada escolar y horarios de clase, con una adecuada distribución.

7.Recibir asesoría y acompañamiento, para superar las posibles dificultades académicas y disciplinarias.

  1. Ser evaluados con justicia y objetividad teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes.
  2. Participar en la elaboración, actualización y ejecución del PEI.
  3. Ser elegido para que represente el establecimiento, en seminarios, talleres, encuentros y capacitaciones.
  4. Los demás derechos consagrados en el código de trabajo, el decreto 2277 y 1278 y demás normas vigentes.

 

CAPITULO V.  DEFINICIONES Y PRINCIPIOS

 

Artículo 18. Definiciones. Incorporar al Manual de Convivencia de este Establecimiento Educativo, las siguientes definiciones:

 

1.     Acoso escolar o bullying: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de autoridad asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes. ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.

2.     Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

3.     Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

4.     Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

5.     Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

6.     Agresión relacional: Toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

7.     Agresión electrónica:  Toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

8.     Ciberbullying o ciberacoso escolar.  Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

9.     Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática

10.  Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

11.  Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

 

Artículo 19. Principios del Sistema:

Incorporar al Manual de Convivencia de este establecimiento educativo, los siguientes principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:

1.    Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.

2.            Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia.

3.            Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.

4.            Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.

5.            Participación. En virtud de este principio la institución educativa Los Anayes garantiza su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema.

 

CAPITULO VI: PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS

 

Artículo 20. Clasificación de las situaciones de Convivencia Escolar

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:

 

1. SITUACIONES TIPO I (Faltas Leves): Aquellas que, sin ocasionar graves traumatismos en el desarrollo del proceso educativo en la institución, causan malestar y expresan comportamientos inadecuados del estudiante, incumpliendo sus deberes y/o infringiendo los derechos de los demás sin generar daños al cuerpo ni a la salud física o mental.

 

2. SITUACIONES TIPO II (Faltas Graves): Aquellas que afectan la armonía del desarrollo institucional, entorpeciendo el adecuado desempeño de los procesos pedagógicos y formativos contemplados en los deberes y derechos de los estudiantes a nivel individual y colectivo. Se presentan cuando hay agresión escolar, acoso escolar y ciberacoso que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

a) Se presentan de manera repetida o sistemática.

b) Causan daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados; son aquellas conductas, comportamientos y acciones que llevan consigo una intencionalidad dañina o nociva, de manera tal que se derivan por no prestar cuidado o ser negligente u omisivo. Implica al estudiante y afecta a los demás y son ejemplos no adecuados para la comunidad educativa, muestran deficiencia en cuanto a la comprensión y puesta en práctica de las normas establecidas en los principios éticos, morales y sociales del presente Manual de Convivencia.

 

3.  SITUACIONES TIPO III (Faltas muy graves): Aquellas que perturban el orden y buen desempeño de la convivencia institucional; son situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el título IV del libro II de la ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. Son conductas, comportamientos y acciones que afectan directamente la razón de ser de la Institución y el sano desarrollo de las personas, tienen como consecuencia un proceso de intervención de la Institución u otra entidad pertinente como bienestar familiar, comisoria de familia o policía nacional.

 

Artículo 21. Ruta de atención integral, descripción general.

Para dar cumplimiento a las disposiciones de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar en el manejo del debido proceso, se tendrá en cuenta que las situaciones o daños que ocurren en la vida escolar de los estudiantes, aparte de ser clasificadas como situaciones TIPO I – II y III (entre leves – graves y muy graves,) estas serán identificadas por conductas asociadas a los desempeños de manera voluntaria y/o culposa así:

1. Situaciones asociadas a conductas académicas.

2. Situaciones asociadas a conductas de convivencia escolar.

3. Situaciones asociadas a conductas de acoso escolar y ciberacoso.

 

Artículo 21.1. Definición   de   las   conductas   asociadas   a   las   situaciones:

 

1.Conductas asociadas a lo académico: Son aquellas que afectan sistemáticamente el desempeño cognitivo del estudiante de manera reiterada o casual, con interés voluntario y/o culposo, que su actitud afecta los ritmos de aprendizaje de sus compañeros de grupo, los indicadores de gestión de las pruebas académicas externas e internas de la institución y los resultados de calidad medidos a nivel institucional, municipal, regional, nacional e internacional.

 

2. Conductas asociadas a la convivencia escolar: Son aquellas que afectan sistemáticamente el desempeño personal y social del estudiante de manera reiterada o casual, con interés voluntario y/o culposo y que con su actitud terminan afectando las disposiciones del manual de convivencia, sus normas y las condiciones de ingreso y permanencia que aceptó con su matrícula en el acto de corresponsabilidad, estas conductas tienen que ver con el desempeño específico del estudiante.

 

3. Conductas asociadas al acoso escolar y ciberacoso: Son aquellas acciones que promueven y fomentan la violencia escolar, el acoso intimidatorio, la humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos, redes sociales y Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), de manera sistemática, por un estudiante o miembro de la comunidad educativa, de manera reiterada o casual, con interés voluntario o culposo, y que con su actitud terminan afectando la salud de la víctima, el bienestar emocional, el rendimiento escolar, la autoestima, el desarrollo social y personal, la salud mental y el proyecto de vida, dejando en los involucrados, severas consecuencias sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.

 

 

 

Artículo 21.2. Tipificación de las situaciones.

 

La Institución Educativa después de clasificar en orden de intensidad, el efecto de las conductas asociadas a lo académico – convivencia escolar – acoso escolar y ciberacoso sobre las diferentes circunstancias de comportamientos que pueden observar los estudiantes, ha tipificado las posibles FALTAS que estos puedan incurrir como se describen a continuación:

 

1.    SITUACIONES TIPO I. (Faltas leves):  Aquellas conductas que sin afectar de manera significativa el desarrollo del clima escolar, deben ser atendidas por los docentes, directores de grupo o cualquier funcionario de la institución, recomendando el desarrollo de acciones disuasivas cuando se tipifiquen conductas asociadas a:

 

1.1.       Asociadas a conductas académicas:

 

2.    Incumplir la entrega de tareas, talleres o consultas cuando sean solicitadas por los docentes de manera casual o reiterativa.

3.    No presentar los exámenes, pruebas o cuestionarios programados con antelación por los docentes.

4.    Negarse a participar del trabajo en equipo durante la clase dirigida para talleres o trabajos.

5.    No presentar justificación alguna cuando falte un día o varios a la Institución, su reincidencia pasará a ser una falta grave, así como presentar justificaciones con firmas fraudulentas o sin validez.

6.    No llevar cuaderno de apuntes, recursos y/o materiales escolares, aunque hayan sido solicitados previamente.

7.    Reportar retrasos en sus apuntes de clase y no interesarse en ponerlos al día.

8.    Negarse a realizar actividades de participación colectiva y que impliquen uso de materiales.

9.    No cumplir con las acciones disuasivas cuando le sean recomendadas por algún docente o colaborador de la institución.

10.Interrumpir las clases alterando de manera negativa el proceso de enseñanza y aprendizaje.

11.Retiro de clases sin previa autorización.

12.No portar celulares o aparatos electrónicos (audífonos, tablets, Ipod, Mp3, Rokolas entre otros) durante el desarrollo de las clases sin autorización del docente. En caso de perdida o daño la institución no asume la responsabilidad y se informara al acudiente. En caso de tener un uso inadecuado del celular o aparatos electrónicos se establece en este manual de convivencia decomisar por medio de acta y los elementos serán entregados posteriormente a su padre/madre/acudiente de familia. 

13.Retardos consecutivos sin justificación.

14.Entrar o salir del salón de clase sin autorización del profesor que se encuentre dirigiendo el grupo de acuerdo al horario.

15.Asistir a clases sin el debido uniforme, de acuerdo a la ocasión y sin justificación.

16.Realizar actividades contrarias a las asignadas por los educadores durante las clases.

17.Asistir a clases y a otras actividades institucionales sin la presentación adecuada del uniforme escolar establecido.

 

1.2 Asociadas a conductas de convivencia escolar:

 

1.    Mostrar irrespeto por la filosofía y políticas de la Institución.

2.    Cumplir con más de tres llegadas tarde a la Institución reportadas en el control de asistencia o seguimiento al ausentismo.

3.    Desacatar las normas de ingreso, permanencia y retiro y las condiciones complementarias a las cuales se comprometió a dar cabal cumplimiento.

4.    Retirarse de clase o de cualquier actividad sin el permiso correspondiente.

5.    Usar el uniforme en horarios y sitios diferentes a los permitidos por la Institución Educativa.

6.    Fingir enfermedades para evadir clases o responsabilidades académicas.

7.    Interrumpir las clases al traer a la Institución radios, grabadoras, audífonos, celulares o aparatos electrónicos.

8.    Portar incorrectamente el uniforme correspondiente sin ser autorizado.

9.    Llegar tarde a clases durante el cambio de hora y/o descansos.

10.Desobedecer las orientaciones indicadas por el personal administrativo, docente y de apoyo del proceso formativo.

11.Cometer alguna imprudencia con intencionalidad o daño dentro de los ambientes de aprendizaje de la Institución y el irrespeto a las pertenencias de los miembros de la comunidad educativa.

12.Rayar las paredes, murales, cuadros, pupitres, escritorios, tableros, mesas o enseres de la institución que son de uso masivo y para el beneficio de la comunidad educativa.

13.Comportarse inadecuadamente en las formaciones y traslados, con actitudes de desorden, burla y falta de atención.

14.Irrespetar las celebraciones programadas (culturales, izadas de bandera, entre otros) mediante actitudes inadecuadas como: charlar constantemente, generar burla, etc.

15.Irrespetar los símbolos patrios, y/o los símbolos de la Institución.

16.Hacer reclamos con expresiones agresivas e incultas que vayan en contra de la dignidad de la persona humana: docentes, compañeros y demás miembros de la comunidad educativa.

17.Tener un comportamiento inadecuado en los servicios sanitarios como arrojar basuras, desperdiciar agua, jugar o afectar el buen estado de las instalaciones y el buen uso de estos para la comunidad.

18.Dañar la propiedad ajena voluntariamente por descuido o imprudencia. En caso dado será obligación reparar los daños causados.

19.Descuidar su higiene personal dentro de la I.E

20.Dañar, esconder y/o jugar con los bolsos, útiles escolares y/u objetos personales de los compañeros o algún otro miembro de la I.E

21.Incumplir o negarse a cumplir con las campañas o turnos de aseo asignados.

22.Accionar el timbre y/o la campana de la Institución Educativa sin autorización.

23.Arrojar basuras, papeles o desperdicios fuera de las canecas destinadas para este fin.

24.Hacer uso inadecuado de los sitios y objetos destinados al bienestar de la comunidad educativa tales como: carteleras, grifos, baños, implementos de aseo y deportivos, llaves, entre otros.

25.Traer animales domésticos (perros, caballos…), sólo se permite la presencia de estos en caso de consulta veterinaria y similares o de empleo requerido como medio de transporte.

26.Permanecer en las ventanas, puertas, pasillos y demás dependencias e inmediaciones de los salones durante las horas de clase y que interrumpan las actividades académicas.

27.No devolver oportunamente los elementos de dotación o préstamo que se haya facilitado.

28.Permanecer en el restaurante, Rectoría secretaria, sala de profesores y demás dependencias; sin autorización.

29.Manipular y causar daño a vehículos, motos, bicicletas y cualquier medio de transporte que se hallen en la Institución Educativa.

30.Causar daño premeditado a los bienes y enseres de la institución.

31.Propiciar los juegos de azar dentro de la institución (apuestas)

32.Asistir con el uniforme a juegos de azar (gallera. Billar, discoteca etc).

33.Irrespetar a los docentes, administrativos y demás miembros de la comunidad educativa.

34.Permanecer en el establecimiento educativo, después de terminada la jornada escolar; a menos que se programe una actividad extra-escolar con un profesor u otra persona debidamente autorizada.

 

Nota: El hecho de incurrir en cualquiera de las Situaciones Tipo I y/o faltas leves en forma reiterada, la convierte en Situación Tipo II.

 

1.3.  Asociadas   al   acoso   escolar   y ciberacoso

 

1.    Poner sobrenombres o apodos a sus compañeros y demás miembros de la comunidad educativa.

2.    Hacer burlas o mofas en los actos públicos, las clases o cuando los docentes o compañeros hagan uso de la palabra.

3.    Emplear vocabulario soez y obsceno cuando se relaciona con algún compañero o miembro de la Comunidad educativa, sea en tono ofensivo o amigable.

4.    Practicar juegos bruscos y propiciar peleas durante el descanso o en cualquier momento de su permanencia en la Institución Educativa.

5.    La indisciplina en clases y su constante interrupción por estar incomodando a sus compañeros, charlando, haciendo murmullos o usando dispositivos electrónicos, etc.

6.    Emplear de manera inadecuada el agua, harina, huevos, bombas con agua y cualquier elemento nocivo e inadecuado para festejar acontecimientos.

7.    Utilizar medios electrónicos o digitales, redes sociales y comunicación móvil para burlarse de algún compañero y/o algún docente, directivo y administrativo de la institución.

 

1.4 Asociadas a los Derechos Sexuales y Reproductivos

 

2.    Gestos o actos irrespetuosos con connotación sexual.

3.    Situaciones en las que se excluye o señala por razones de género u orientación sexual.

4.    Agresiones verbales con las que se hace sentir mal a otras personas por medio de insultos, apodos ofensivos, burlas, amenazas de agresión y expresiones morbosas.

5.    Realizar muestras efusivas de afecto dentro o en los alrededores de la   Institución Educativa, como besos, caricias, o cualquier demostración de la vida sexual en espacios cerrados o públicos de la institución educativa.

 

2. Recepción y radicación de situaciones tipo I (conducto regular)

 

Cualquier integrante de la comunidad educativa podrá dar a conocer las situaciones de convivencia presentadas de acuerdo al debido proceso, sea de manera verbal o escrita; el cual corresponde de la siguiente manera:

a.    Le compete a el docente(a) que estuvo presente durante la ocurrencia de la situación o evento, mediar o dar solución de manera pedagógica al hecho con las personas involucradas.

b.    Fijar formas de solución de manera imparcial, equitativa y justa y acciones para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.

c.    Establecer compromisos y hacer seguimiento, los cuales deben ser registrados en el formato de llamado de atención y/o observador del estudiante, que lleva el docente director de grupo, con el fin de llevar un seguimiento a la reincidencia.

 

3. Ruta integral de atenciones en convivencia escolar para situaciones tipo I

 

Informe por escrito, en el debido formato (P-00), según el caso, al docente de aula o director de grupo.

Reporte por escrito en el debido formato (P-01AD) para registro de reincidencias en faltas tipo I.

Reporte de la situación en el observador del estudiante (P-02AD).

Se reunirá inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y se mediará de manera pedagógica (mediante el diálogo, la concertación, la responsabilidad y el compromiso); para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.

El mediador de dicha situación realizará el seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a al comité de convivencia de la Institución. Este informe se debe dar finalizando el periodo al Comité de Convivencia, salvo en casos que ameriten atención inmediata del mencionado comité.

 

 

Imagen 1. de la Ruta integral de atenciones en convivencia escolar para situaciones tipo I

4. Acciones pedagógicas para situaciones tipo I

 

Para la resolución de las situaciones Tipo I adopta la estrategia de mediación escolar que funciona como la forma pacífica de resolver diferencias o conflictos a través de un proceso en el cual, un tercero neutral, sin poder sobre las partes, ayuda a éstas a alcanzar de forma voluntaria un acuerdo mutuamente aceptable. Teniendo claro que, la Mediación ayuda a resolver conflictos utilizando el diálogo. El propósito es ayudar al estudiante a orientar sus comportamientos y el desarrollo de su personalidad hacia la toma de conciencia de sus deberes, y para ello establece las siguientes acciones pedagógicas:

 

 

Acciones Pedagógicas

Estas buscan generar conciencia, fortalecer habilidades socioemocionales y prevenir futuras faltas.

 

       Elaborar y suscripción de compromiso.

        Diálogo reflexivo con el estudiante sobre el impacto de su acción con estudiantes y padres, madres de familia y/o acudientes.

        Talleres de habilidades sociales: escucha activa, resolución de conflictos, empatía.

        Cartas de compromiso escritas por el estudiante, donde reconoce la falta y propone mejoras.

        Actividades de sensibilización sobre normas, respeto, cuidado del entorno.

        Participación en proyectos escolares que promuevan valores como el respeto, la solidaridad o el cuidado ambiental.

        Lectura y análisis de cuentos o casos relacionados con la falta cometida.

        Diseño de afiches o campañas sobre convivencia, respeto o cuidado del entorno escolar.

        Acompañamiento emocional por parte del docente orientador o un adulto significativo.

        Privar de sus participaciones en el evento de que la situación de afectación a la convivencia sea cometida por un estudiante que represente al colegio en actividades deportivas, académicas o culturales externas, se dictará la privación de participar en actividades externas en representación de la Institución, la cual quedará consignada en el observador del estudiante.

        Decomisar los implementos que no corresponden al trabajo escolar y devolución al padre, madre o acudiente, con un compromiso firmado en el observador del estudiante.

 

 

Acciones Restaurativas

Estas buscan reparar el daño, restaurar relaciones y fortalecer el sentido de comunidad.

  1. Reunión restaurativa con las personas afectadas, guiada por un adulto, para expresar emociones, comprender el impacto y acordar compromisos. Ordenar la realización de acciones de reparación o reivindicación de la situación. (En el caso de que de la comisión de la que se deriven daños o perjuicios, el estudiante y sus padres o acudiente autorizado, deberán asumir la reparación y/o pago de la pérdida o el daño ocasionado a muebles o enseres y/o la reparación de los perjuicios causados).

        Actos simbólicos de reparación: por ejemplo, limpiar el espacio afectado, escribir una carta de disculpas, sembrar una planta en nombre del grupo.

        Participación en círculos de diálogo para reconstruir confianza y fortalecer vínculos.

        Compromisos restaurativos firmados por el estudiante, con seguimiento por parte del comité de convivencia.

        Mentoría entre pares: acompañamiento por parte de un estudiante mayor que modele comportamientos positivos.

        Apoyo en actividades comunitarias como jornadas de limpieza, organización de materiales, apoyo en biblioteca o huerta escolar.

        Reconstrucción del vínculo con el grupo afectado a través de dinámicas de integración.

 

Parágrafo 1 Por llegada tarde al inicio de la jornada realiza durante la primera hora de clase una actividad pedagógica con trabajo en biblioteca bajo la orientación del docente de disciplina y se consigna en el cuaderno de seguimiento, en caso de reincidir en la falta se cita al padre de familia para establecer acuerdos.

Parágrafo 2: Todos estos correctivos deben consignarse en el observador del estudiante para su seguimiento del grupo/estudiante, firmados por el estudiante, por el docente y padres de familia/acudientes si es necesario de manera inmediata, de no ser así, este acompañamiento debe darse a conocer a la familia mediante citación.

Parágrafo 3: Se deberá realizar seguimiento de los casos y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a otras acciones o protocolos que regulan la convivencia según lo establecido en la ley 1620 y su decreto reglamentario 1965.

Parágrafo 4: Si alguna situación tipo I persistiere en forma reiterativa, esta amerita ser tratada como Situación tipo II. Se debe aplicar la sanción el mismo día de conocido el hecho o, a más tardar, durante los dos días lectivos siguientes al que se cometió la falta o se tuvo conocimiento.

 

NOTA: Se tendrá especial cuidado a estudiantes diagnosticados con problemas de tipo psicológico con reporte médico comprobado.

 

2. SITUACIONES TIPO II (Faltas graves):  Aquellas conductas que producen un daño importante en la armonía del desarrollo institucional, afectando el adecuado desempeño de los procesos pedagógicos y formativos contemplados en los deberes y derechos de los estudiantes a nivel individual y colectivo, afectando el interés general sobre el particular y las situaciones que afectan al cuerpo o a la salud física y mental sin generar incapacidad en los involucrados.

 

2.1. Asociadas a conductas académicas:

  1. En reincidencia, no presentarse a las actividades complementarias programadas como estrategias pedagógicas de apoyo al estudiante, en cada período.
  2. En reincidencia, asistir a las instalaciones de la institución y no presentarse ante los docentes para resolver sus obligaciones académicas pendientes en cada período.
  3. Reincidir en la no presentación de tareas, trabajos, talleres, consultas y cualquier actividad orientada por los docentes.
  4. Obtener desempeño BAJO al finalizar un periodo en dos o más áreas reportadas en el boletín o informe periódico.
  5. Reincidir en cada periodo con la reprobación de áreas sin demostrar mejoras en su rendimiento académico.
  6. Reincidir en la no asistencia a una clase encontrándose dentro de la Institución Educativa, evadiendo la clase sin presentar justificación.
  7. La desaplicación absoluta y su falta de interés demostrado en sus estudios con los resultados académicos internos y externos como lo indica el fallo de la Corte Constitucional T-534 DE 1994.
  8. Reincidencia en inducir a otros compañeros con su actitud de bajo rendimiento académico a no presentar interés de cambio ni mejora.
  9. Hacer fraude, plagio o participar de él en sus evaluaciones o trabajos.
  10. Buscar provecho ilícito para el estudiante o para un tercero de calificaciones, certificación de estudios, etc.
  11. Romper o lanzar al piso alguna evaluación o trabajo delante del docente con gesto que denote irrespeto.
  12. Adulterar, dañar, o sustraer las notas y plantillas de calificaciones u otros documentos de la institución o de las personas.
  13. Apropiarse de material didáctico, implementos deportivos, herramientas, insumos agropecuarios, animales y bienes de la Institución Educativa.
  14. Abstenerse de recibir visitas personales e innecesarias durante las horas de clase, ni la entrada de personas extrañas, sin la previa autorización del personal docente o administrativo.

 

2.2. Asociadas a conductas de convivencia escolar:

  1. Impedir con violencia o sin ella la ejecución del manual de convivencia o de las actividades programadas.
  2. Reincidir en escribir y/o dibujar en las paredes, pupitres, puertas, baños, sanitarios o en cualquier instalación del establecimiento educativo.
  3. Encubrir las faltas de los compañeros o tratar de interferir o entorpecer una investigación adelantada por el rector y/o los directores de grupo.
  4. Dirigirse a cualquier institución oficial o privada, utilizando el nombre de la institución educativa o la comunidad sin debido permiso.
  5. Ocasionar deterioro, esconder o causar daño o destrucción intencional, a las pertenencias de los estudiantes.
  6. Impedir el acceso de directivos, profesores, estudiantes y empleados a la Institución.
  7. Participar o incitar a otros a tomar parte de actos que atentan contra la disciplina y la marcha normal de la Institución Educativa.
  8. Apropiarse de dineros, útiles escolares o implementos de las personas o de la Institución Educativa.
  9. Reñir o pelear con los compañeros.
  10. Agredir de palabra o hecho a docentes, directivos, administrativos.
  11. Reincidir por 3 veces en informes asumidos como situaciones tipo I o faltas leves demostrando así poco interés de cambio.
  12. Salir de la Institución Educativa durante la jornada escolar sin la autorización debida.
  13. Propiciar el ingreso a la Institución Educativa a personas ajenas a ella.
  14. Resistencia a los procesos de convivencia y académicos de la I.E
  15. Faltar a los deberes como estudiantes consignados en el Manual de Convivencia.
  16. Toda falta contra la ética y la moral que atente por el bienestar general sobre el particular.
  17. Salir de su casa para la institución y no presentarse a estudiar, comprobado mediante el control de asistencia llevado por cada docente y la coordinación.
  18. No presentarse al Instituto durante más de 3 días (hábiles calendarios) sin justificar debidamente su falta.
  19. Negarse a cumplir con una acción disuasiva o correctiva recomendada o alguna sanción impuesta por el comité de convivencia escolar.
  20. Ausentarse por segunda vez de la Institución antes de la hora oficial de salida, sin permiso previo, con engaños a coordinadores y docentes.
  21. Practicar actividades contra la moral, las buenas costumbres o inducir a los demás a practicarlas. Por ejemplo: fotografías obscenas, revistas, juegos y pasatiempos pornográficos.
  22. Usar la red de Internet para aspectos diferentes a los establecidos por la Institución.
  23. Ocasionar daños a muebles y enseres de la institución, así como a los de sus compañeros y demás personal que labora en ella. En caso dado, será obligación reparar los daños causados.
  24. Mentir para evadir o justificar comportamientos indebidos, demostrando falta de sinceridad con sus padres, docentes, directivos o colaboradores de la I.E
  25. Alterar notas y dañar los observadores, anecdotarios, informes de valoraciones y falsificar las firmas en otros documentos oficiales de propiedad de los docentes y protocolos de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

 

 

2.3.  Asociadas al acoso escolar y ciberacoso:

1.    Ser agresivo en el trato verbal con compañeros, docentes, directivos, administrativos, personal operativo y Comunidad Educativa en general que atenten contra la sana convivencia.

2.    Agredir de palabra o de hecho o proferir insultos a los educadores, compañeros o personal de la Institución dentro o fuera de él en relación con aspectos académicos o disciplinarios.

3.    Violentar (sexual, física, psicológicamente o de cualquier otro tipo) a una persona generando afectaciones individuales o grupales.

4.    Actuar de forma encubierta (con ironía, mal intención o malicia) entre su grupo, indisponiendo a sus compañeros con determinados docentes para que no sean aceptadas sus clases.

5.    Demostrar comportamientos inadecuados a sus compañeros afectando su estado de ánimo con el mal ejemplo.

6.    Escribir en los muros, en las puertas y paredes de la I.E o rayar los pupitres de los salones con frases o figuras que inciten a la violencia escolar.

7.    Participar o incitar a otras personas para que propicien actos que atenten contra la disciplina y la sana convivencia de la I.E

8.    Distribuir por las redes sociales, en medios extraíbles o dispositivos móviles, archivos digitales con drogas auditivas o visuales a sus compañeros o demás personas.

9.    Hacer uso inadecuado de las TIC para atentar contra el buen nombre de una persona o de la institución, a través de las redes sociales, los celulares y demás medios de comunicación masiva.

10.Utilizar con frecuencia los medios de comunicación masiva para difamar el nombre de una persona o de la institución a través de correos electrónicos con fotografías, mensajes o textos alusivos al maltrato psicológico.

11.Difundir chismes rumores, injurias, calumnias, versiones inexactas y comentarios directa o indirectamente; que atenten contra la dignidad o el buen nombre de los miembros de la Institución Educativa.

12.Proferir y/o escribir vocablos, apodos, o frases que lesionen la honorabilidad y dignidad de directivos, profesores y compañeros y demás personal de la institución educativa.

13.Practicar juegos bruscos, proferir vocablos soeces, matoneo en formas verbal, gestual, escrita y/o virtual. insultos, hacer burla, y todo cuanto sea contrario a las buenas y sanas costumbres que debe observar en la comunidad educativa.

14.Practicar y/o apoyar el acoso escolar (también conocido como hostigamiento escolar, matoneo escolar) que es cualquier forma de maltrato psíquico, verbal o físico, o el ciberacoso. intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado.

Parágrafo 1: La utilización inadecuada de teléfonos celulares o de cualquier dispositivo electrónico en horas normales de clase, da como sanción el decomiso del aparato y este será devuelto al padre de familia o acudiente autorizado mediante acta.

Parágrafo 2: La existencia de tres amonestaciones escritas en el observador del estudiante por situaciones tipo I iguales o diferentes, constituye motivo para iniciar seguimiento disciplinario con aplicación de sanciones cumpliendo el debido proceso y lo indicado en este manual de convivencia.

 

2.4 Asociadas a los Derechos Sexuales y Reproductivos

 

1. Difusión no consentida de información íntima o corporal

 Compartir imágenes, audios o textos de contenido íntimo sin consentimiento.

 Hacer comentarios públicos sobre el cuerpo, orientación sexual o identidad de género de otra persona.

 

2. Vulneración de la intimidad sexual

 Espiar, grabar o fotografiar a una persona en espacios privados (baños, vestidores, etc.).

 Invadir el espacio corporal de otro estudiante sin consentimiento, incluso en tono de burla o juego.

 

3. Presión o manipulación emocional con fines sexuales

 Insistir o chantajear emocionalmente para obtener favores sexuales.

 Usar el vínculo afectivo para condicionar decisiones relacionadas con la sexualidad.

 

4. Lenguaje ofensivo o discriminatorio

 Usar expresiones humillantes, insultos o burlas relacionadas con la orientación sexual, identidad de género, menstruación, embarazo, etc.

 Reproducir estereotipos que afecten la vivencia libre y segura de la sexualidad.

 

5. Desinformación intencionada

 Difundir mitos, mentiras o información errónea sobre métodos anticonceptivos, ITS, embarazo o sexualidad con el fin de manipular o ridiculizar.

 

2.5 Recepción y radicación de situaciones tipo II (conducto regular)

 

1.    Brindar atención inmediata en salud física y mental a los afectados.

2.    Generar espacios para exponer y precisar lo acontecido.

3.    Mediar de manera pedagógica con las partes involucradas en la situación presentada.

4.    Se registra en el libro de disciplina u observador del estudiante.

5.    Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudiente.

6.    Determinar acciones restaurativas para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.

7.    La reiteración de una situación tipo II, dan lugar a proceso disciplinario cumpliendo con el debido proceso y conllevando a la aplicación de sanciones según lo señalado en este manual de convivencia.

8.    Si la situación persiste se deberá citar al Comité de convivencia quienes realizaran el análisis del caso y seguimiento de las soluciones.

9.    Recepción y radicación de la situación en el debido formato (P-03AC).

10.En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes (P-05AC) actuación de la cual se dejará constancia escrita y firmada por el Docente, directivo, administrativo, estudiante o padre de familia que lidere la atención inmediata.

11.Reporte de la situación al director de grupo quien registrara en el observador(P-02AD). del estudiante, lo acontecido.

12.Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, se remitirá la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia escrita y firmada por el consejo de mediación, el comité de convivencia y las partes involucradas.

13.Se informará de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia escrita y firmada por el comité de convivencia y las partes involucradas.

 

2.6 Procedimiento y acciones a seguir para la atención de situaciones Tipo II:

1.    Tratamiento del caso ante el comité de convivencia(P-06AC)., los cuales convocarán a reunión con las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, donde puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos, de la cual se dejará constancia escrita y firmada por el comité de convivencia y las partes involucradas.

2.    Aplicación por parte del comité de convivencia, de procesos formativos disuasivos formativos, procesos correctivos, proceso reeducativo o de rehabilitación, correctivo, según sea el caso. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables, conforme a la ley 1620 de 2013, a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

3.    El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a procesos de retroalimentación formativos.

4.    El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

5.    El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Parágrafo 1. Conducto Regular para situaciones de Tipo II: 

Educador/a del espacio académico en que se encuentren.

Asesor/a de grupo.

Psico-orientación.

Rectoría

Comité Escolar de Convivencia

Consejo Directivo

 

 

Imagen 2. Ruta integral de atenciones a la convivencia escolar situaciones tipo II.

 

2.7 Acciones y medidas para las situaciones tipo II.

Para las situaciones tipo II es necesario establecer acciones que busquen la comprensión e interiorización de las normas, el cambio de comportamiento y/o actitudes en el estudiante. Se establecen las siguientes estrategias:

1. Colocar en conocimiento de la situación al director del grado, rector o a quien haga sus veces. Iniciar diálogo formativo con el estudiante en el cual se solicitarán sus descargos y se establecerán compromisos.

2. Ser suspendido de programas especiales organizados por la Institución (jornadas deportivas y otros).

3. Aplicar protocolo de primeros auxilios, dada una situación de daño al cuerpo o a la salud, y/o remisión inmediata del afectado al centro de salud más cercano. Se registrará la novedad en el observador del estudiante.

4. Colocar en conocimiento de manera inmediata a padres o acudientes de los involucrados acerca de la situación acaecida. Actuación de la cual se dejará constancia.

5.  Informar a los otros integrantes del Comité de Convivencia escolar sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y el seguimiento, a fin de verificar si La solución fue efectiva o si se requiere acudir a protocolo para otras situaciones.

6. Realizar talleres y actividades formativas al interior de la institución, relacionadas con la situación cometida.

7. Ordenar de acciones de reparación o reivindicación de la situación (En el caso de que la situación derive daños o perjuicios, el estudiante y sus padres o acudiente autorizado, deberán asumir la reparación y/o pago de la pérdida o el daño ocasionado a muebles o enseres y/o la reparación de los perjuicios causados).

8. Privar de la participación en el caso de que la situación que afectó la convivencia sea cometida por un estudiante que represente al colegio en actividades deportivas, académicas o culturales externas, se dictará la privación de participar en actividades externas en representación del colegio, la cual quedará consignada en el observador del estudiante.

9. Decomisar los implementos que no corresponden al trabajo escolar y devolución al padre, madre o acudiente, con un compromiso firmado en el observador del estudiante.

10. Remisión a Orientación escolar

11. Amonestar de manera escrita y firma de carta de compromiso especial: En algunos casos se establece a criterio del(la) Rector(a) como una oportunidad brindada por la institución. La evaluación de esta carta se hará finalizando cada período o antes si las circunstancias lo ameritan. Se realiza con la coordinación respectiva y el estudiante en compañía de sus padres o acudientes.

Las faltas tipo II implican afectaciones moderadas al bienestar físico, emocional o al entorno escolar. Requieren acciones pedagógicas y restaurativas que promuevan la reflexión profunda, la reparación del daño y el fortalecimiento de vínculos.

Aquí tienes un listado adaptado a contextos rurales como IE Los Anayes, con enfoque en cuidado, ritual y ciudadanía:

 

Acciones Pedagógicas (Faltas Tipo II)

Estas buscan generar conciencia crítica, fortalecer habilidades socioemocionales y prevenir reincidencias.

•   Talleres vivenciales sobre manejo de emociones, límites, respeto y resolución de conflictos.

•   Análisis de casos reales o simbólicos que permitan comprender el impacto de la falta.

•   Cartas reflexivas donde el estudiante narra lo ocurrido, reconoce el daño y propone acciones de reparación.

•   Diseño de campañas escolares sobre convivencia, cuidado del cuerpo, respeto a la diversidad.

•   Participación en círculos de lectura o cine-foros con temáticas relacionadas a la falta (por ejemplo, violencia simbólica, exclusión, discriminación).

•   Elaboración de compromisos pedagógicos con seguimiento por parte del comité de convivencia.

•   Acompañamiento personalizado por parte del docente orientador o mentor emocional.

•   Actividades de expresión artística (pintura, música, teatro) para canalizar emociones y resignificar la experiencia.

 Acciones Restaurativas

Estas buscan restaurar el vínculo, reparar el daño y fortalecer el sentido de comunidad.

•   Círculo restaurativo con las personas afectadas, guiado por un adulto, para expresar emociones, comprender el impacto y acordar compromisos.

•   Actos simbólicos de reparación: sembrar una planta, crear un mural colectivo, limpiar un espacio afectado.

•   Carta de disculpas sentida y contextualizada, entregada personalmente o en acto simbólico.

•   Servicio comunitario dentro de la escuela: apoyo en biblioteca, huerta, limpieza, organización de materiales.

•   Mentoría entre pares: acompañamiento por parte de un estudiante mayor que modele comportamientos positivos.

•   Dinámicas de reconstrucción del vínculo con el grupo afectado: juegos cooperativos, rituales de reconciliación, actividades de integración.

•   Compromisos restaurativos escritos y firmados, con seguimiento por parte del comité de convivencia.

•   Participación en jornadas de reflexión comunitaria con familias, docentes y estudiantes.

 

Estas acciones están alineadas con la Ley 1620 de 2013, el Decreto 1965 de 2014

Parágrafo 1: Se realizará seguimiento de los casos y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a otras acciones e informar al comité de convivencia para desarrollar los protocolos allí establecidos según lo definido en la ley 1620 y su decreto reglamentario.  

 

3. SITUACIONES TIPO III (Faltas gravísimas): Aquellas conductas que perturban el orden y buen desarrollo del clima escolar y la convivencia institucional, generando con sus acciones indebidas una mala imagen a la institución, convirtiéndose en una influencia negativa para los compañeros y atentando gravemente contra la integridad, reputación y daños a la imagen corporativa de la I.E. También son SITUACIONES que son constitutivas de presunto DELITO contra la libertad, integridad y formación sexual.

3.1 Asociadas   a   conductas académicas:

1.    Reincidir en actitudes de bajo rendimiento escolar o haya inducido a sus compañeros a desmejorar sus resultados finales.

2.    Promover el soborno o la coacción a docentes de las áreas y/o compañeros para beneficio de sus notas, previa comprobación de los hechos.

3.    Falsificar firmas, suplantar a un compañero, alterar libros, registros de calificaciones y documentos de cualquier tipo.

4.    Adulterar, romper, desaparecer o sustraer el control de asistencia a clases, el observador del estudiante o los registros de calificaciones de los docentes.

5.    Plagio o fraude académico reiterado o deliberado

6.    Rehusarse constantemente a asistir a clases, entregar trabajos o rendir evaluaciones pese a múltiples llamados o acompañamientos, afectando gravemente el proceso de formación.

7.    Publicar o difundir mensajes en redes sociales que deshonran a docentes o compañeros o que tergiversan resultados académicos con intención de desprestigiar.

8.    Desacatar de forma persistente las decisiones del consejo académico o los planes de mejoramiento pedagógico mostrando una actitud desafiante que interrumpe la formación.

 

3.2. Asociadas a conductas de convivencia escolar:

 

1.    Reincidir en faltas graves en su debido proceso registrado en los documentos de seguimiento de la coordinación, será considerado como una falta (gravísima)

2.    Cualquier acto, que de una u otra forma, atente contra los derechos fundamentales de la vida, la salud y la familia.

3.    Cualquier causa que ocasione intervención penal judicial, reclusión en una cárcel o casa de menores de edad, o juicio condenatorio por haber cometido delitos dentro y fuera de la I.E.

4.    Incumplimiento por negligencia de lo acordado en el compromiso pedagógico, matrícula en observación o en el compromiso personal presentado por escrito a los Directivos de la I.E

5.    El hurto comprobado y todo atentado contra la propiedad privada de sus compañeros o personas de la I.E

6.    Distribuir y comercializar drogas, bebidas embriagantes, alucinógenas o sustancias psicoactivas con fines comerciales bajos una red de distribución o con intenciones personales.

7.    Distribuir vaper y/o dispositivo análogo (artesanal o industrial) que pueda ser usado para el consumo de sustancias psicoactivas, drogas sintéticas o sustancias alucinógenas.

8.    Violentar puertas, ventanas, cerraduras, candados y demás instancias que requieran de seguridad en las diferentes dependencias de la institución educativa.

9.    Portar armas de fuego, corto punzantes o blancas, de fabricación casera o instrumentos artefactos que pueden ser utilizados como un arma de manera clandestina y ser sorprendido con ellas.

10.Ser sancionado por el comité de Convivencia escolar, según los pasos del debido proceso enmarcados en la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

11.Utilizar pólvora detonante, sustancias químicas y otros elementos peligrosos dentro de la institución que atenten contra la integridad física de la comunidad y el establecimiento.

12.Generar peleas o actos indebidos en la institución o en la calle, transporte público, usando el uniforme o identificándose como estudiante de este, motivando encuentros de choque entre pandillas.

13.Utilizar el nombre de la I.E sin autorización para hacer rifas, bingos, paseos, agasajos, colectas, ventas o actividades similares que involucren el manejo de dineros.

14.Hacerse justicia por sí mismo agrediendo a sus compañeros, desconociendo la autoridad de la IE y el conducto regular establecido en este Manual de Convivencia.

15.Deslealtad con la I.E demostrada en el desinterés para participar en las diferentes actividades programadas por la misma, comentarios negativos comprobados contra su buen nombre o el de toda la comunidad educativa.

16.Expender, portar o consumir cigarrillos, licor, droga, alucinógenos, estupefacientes dentro de la Institución o fuera portando el uniforme

17.Pertenecer a pandillas.

18.Amenazar física, escrita, verbal o psicológicamente a un miembro de la comunidad Educativa.

19.Portar, consumir y/o incitar al consumo de sustancias psicoactivas, bebidas alcohólicas, cigarrillos, cigarrillos electrónicos o drogas.

20.Presentarse a la Institución educativa o a otras actividades programadas dentro o fuera del mismo, drogado, embriagado o con los efectos derivados de tales situaciones.

21.Daños a archivos, adulteración de información y daños a las redes o sistemas computables del Institución.

22.Extorsionar o amenazar a cualquier miembro de la comunidad educativa o sus familiares.

23.Todas las demás prohibiciones que sobrevengan del previo concurso y concertación de la comunidad educativa.

 

3.3 Asociadas al acoso escolar y ciberacoso:

1.    Todo acto de intimidación, amenaza, chantaje o soborno contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

2.    Todo acto de acoso escolar y/o ciberacoso por ser una conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión y por conllevar a la intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente.

3.    Difundir mentiras o publicar fotografías o videos vergonzosos de alguien en las redes sociales.

4.    Enviar mensajes, imágenes o videos hirientes, abusivos o amenazantes a través de plataformas de mensajería.

5.    Reiteradamente llamar por apodo a cualquier miembro de la comunidad educativa.

6.    Acoso sexual comprobado.

 

Nota: Serán consideradas además como TIPO I, II y III (faltas leves, graves y gravísimas), todas aquellas que el Comité de convivencia escolar proponga al Consejo Directivo considerándose pertinentes, una vez se cumpla debidamente con las medidas adoptadas a través de un acuerdo, firmado por estos dos entes para que cobren vigencia en el momento de ser promulgadas y demás aspectos contemplados.

 

3.4 Situaciones tipo III asociadas a la afectación de los Derechos Humanos Sexuales y Reproductivos

 

1.    Estudiante que agreda o abuse sexualmente mediante caricias o manoseos, o en la que la persona agresora se ha valido de la fuerza física, el engaño o la intimidación

2.    Estudiante que agreda o abuse sexualmente luego de haber ingerido cualquier sustancia que la haya puesto en incapacidad de resistir u oponerse a la actividad sexual.

3.    Estudiante que presente actividad sexual con niña, niño y adolescente en situación de discapacidad cognitiva, donde la persona agresora se sirve de su limitación para consentir o comprender la naturaleza de la actividad.

4.    Cualquier situación de actividad sexual que involucre a una persona mayor de 14 años y a un menor de 14 años o que la persona agresora se sirve de la limitación para consentir o comprender la naturaleza de la actividad.

5.    Estudiante que forcé a sus compañeras o compañeros de clase toquen partes de su cuerpo a cambio de dinero.

6.    Estudiante que ofrezca con fines sexuales a niños, niñas y/o adolescentes a una persona adulta a cambio de dinero.

7.    Estudiantes que participen en organizaciones para servicios sexuales o través de una red de tráfico de personas.

 

3.5 Procedimiento y acciones a seguir para la atención de situaciones tipo III:

 

Recepción y radicación de la situación en el debido formato (queja – Información) en la secretaria de la Institución.

En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia escrita y firmada por el comité de convivencia y las partes involucradas.

Se Informará de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia escrita y firmada por el comité de convivencia y las partes involucradas. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional y demás autoridades competentes, o en su ausencia el docente de disciplina, o el representante de los docentes en el comité de convivencia escolar. Actuación de la cual se dejará constancia escrita y firmada por el que haga el reporte.

Citación a los integrantes del consejo de mediación y Comité Escolar de Convivencia en un término no mayor de tres (3) días hábiles. Después de conocida la situación, de la citación se dejará constancia escrita.

El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité y en el consejo de mediación de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. Aplicación de proceso reeducativo o de rehabilitación, correctivo, recurso de reposición y recurso de apelación.

El Comité Escolar de Convivencia adoptará, en conjunto con el comité de mediación, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia escrita.

El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, el consejo de mediación, la autoridad que asuma la situación y el comité municipal de convivencia escolar de El Tambo Cauca.

 

3.6 Acciones y sanciones pedagógicas para las situaciones tipo III

 

Para las situaciones tipo III es necesario establecer acciones que busquen el cambio significativo en el comportamiento del estudiante. Se establecen las siguientes estrategias:

 

1. Diálogo formativo con el estudiante en el cual se solicitarán sus descargos y se establecerán compromisos.

2. Ser suspendido de programas especiales organizados por el colegio.

3. Ordenación de acciones de reparación o reivindicación de la situación (En el caso de que de la comisión de la situación se deriven daños o perjuicios, el estudiante y sus padres o acudiente autorizado, deberán asumir la reparación y/o pago de la pérdida o el daño ocasionado a muebles o enseres y/o la reparación de los perjuicios causados).

4. En el caso de que la situación sea cometida por un estudiante que represente al colegio en actividades deportivas, académicas o culturales externas, se dictará la privación de participar en actividades externas en representación del colegio, la cual quedará consignada en el cuaderno de seguimiento del grupo/estudiante.

5. Decomiso de los implementos que no corresponden al trabajo escolar y devolución al padre, madre o acudiente, con un compromiso firmado en el cuaderno de seguimiento grupal y observador del estudiante.

6. Remisión a Orientación escolar

Las faltas tipo III implican afectaciones graves a la integridad física, emocional o a los derechos fundamentales de los miembros de la comunidad educativa. Requieren intervenciones pedagógicas profundas y restaurativas formales, siempre articuladas con protocolos institucionales y externos.

Aquí tienes un listado adaptado a contextos como IE Los Anayes, con enfoque en cuidado, ritual, reparación y ciudadanía:

 

Acciones Pedagógicas (Faltas Tipo III)

Estas buscan generar conciencia crítica, resignificar el daño y fortalecer habilidades para la transformación.

•           Talleres intensivos de reflexión ética sobre derechos humanos, ciudadanía, violencia y reparación.

•           Proceso de acompañamiento emocional individualizado, con apoyo del equipo psicosocial o externo.

•           Cartas narrativas profundas donde el estudiante reconstruye lo ocurrido, reconoce el daño y propone caminos de reparación.

•           Diseño de proyectos de reparación simbólica o comunitaria, como murales, huertas, campañas de cuidado.

•           Participación en círculos de lectura o cine-foros sobre justicia restaurativa, resiliencia y transformación.

•           Elaboración de compromisos pedagógicos formales, con seguimiento por el comité de convivencia y familia.

•           Actividades de expresión artística ritualizada (teatro, música, pintura) para canalizar emociones y resignificar el conflicto.

•           Talleres con familias para reconstruir vínculos, comprender el impacto y fortalecer el acompañamiento.

 

 Acciones Restaurativas Formales

Estas buscan restaurar el vínculo, reparar el daño y transformar la cultura institucional.

•           Círculo restaurativo formal con las personas afectadas, facilitado por adultos capacitados, con acuerdos escritos y seguimiento.

•           Actos simbólicos de reparación comunitaria: sembrar árboles, crear espacios de memoria, liderar campañas de cuidado.

•           Carta de disculpas sentida y contextualizada, entregada en acto ritual o ceremonia de reconciliación.

•           Servicio comunitario estructurado dentro o fuera de la escuela, con acompañamiento y reflexión.

•           Mentoría restaurativa por parte de un adulto significativo o líder comunitario.

•           Dinámicas de reconstrucción del vínculo con el grupo afectado: rituales de reconciliación, juegos cooperativos, actividades de integración.

•           Compromisos restaurativos escritos y firmados, con seguimiento por comité de convivencia y familia.

•           Participación en jornadas de reflexión comunitaria con familias, docentes y estudiantes.

 

Parágrafo 1: Si es del caso, se iniciará desde Orientación Escolar una orientación acerca de la prevención y tratamiento en fármaco dependencia, drogadicción y/o alcoholismo; donde la familia de inmediato deberá garantizar la inclusión en un programa o tratamiento especial externo, con el fin de garantizar al estudiante el acompañamiento necesario para superar la dificultad particular.

 

  1.  En caso de que el estudiante sea del grado 11º, no será invitado ni proclamado como bachiller en el acto comunitario de graduación.


Parágrafo 2:
Todo acto delictivo debe ponerse en conocimiento de la Comisaría de Familia, o demás autoridades competentes.

Parágrafo 3: Con la entrada en vigencia del sistema de responsabilidad penal para adolescentes que cobija a los menores de edad dentro del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de noviembre de 2006), el colegio remitirá a la instancia competente al estudiante que presuntamente esté implicado en un hecho contemplado en la presente Ley.

 

 

Imagen 3. Ruta Integral de atenciones Institución Educativa los Anayes. Situaciones tipo III.

 

 

 


 

LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

 

Artículo 22. Pasos para cumplir con el debido proceso. 

La Institución   teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 1098, el Decreto 1290, la Ley 1620 y el Decreto 1965 de 2013 según la ruta de atención integral para la convivencia escolar y las políticas institucionales, asume y reconoce oficialmente los siguientes pasos para cumplir con el DEBIDO PROCESO académico y de convivencia escolar amparados en el artículo 29 de la Constitución Política de 1991 y el Artículo 26 de la Ley 1098:

PASO 1 – LLAMADO DE ATENCIÓN VERBAL: Este se convierte en el inicio del debido proceso y lo inicia el(la) docente titular del área o cualquier directivo de la institución; se cumple para establecer compromisos de cambio de actitud y mejoramiento en lo académico o de convivencia escolar.

PASO 2 – LLAMADO DE ATENCIÓN POR ESCRITO: Quien ha sido llamado en su atención de manera verbal y reincida en una actitud que amerite un nuevo llamado de atención, éste será por escrito y se debe diligenciar el protocolo P-01AD. Firmado por el o la estudiante y quien realice la anotación para establecer compromisos, el protocolo debe ser firmado por el o la estudiante, una vez haya cumplido con la acción disuasiva recomendada con el concepto de ATENUANTE por haber cumplido la acción. En el caso de incumplimiento de la acción disuasiva el concepto debe ser de AGRAVANTE y ser firmado una vez finalicen los tiempos para su cumplimiento. El(la) docente titular del área podrá hacer uso de los mediadores escolares para dirimir las diferencias con la implicada.

PASO 3 – NOTIFICACIÓN AL ACUDIENTE: El(la) director(a) de grupo es el(la) encargado(a) de manejar el observador de el o  la estudiante cuyo formato o protocolo es P-02 AD; en él, se deben escribir las situaciones de tipo académico, de convivencia escolar o de acoso escolar bullying y Ciberbullying reportadas por los(las) docentes en el protocolo de llamado de atención por escrito P-01AD y con este, respaldar la validez del observador, con las firmas de todos los responsables: estudiante, docente o directivo y padres de familia. A partir del reporte en el observador el estudiante, los padres de familia o acudientes deben ser notificados de inmediato, porque sus firmas en él son fundamentales para validar el debido proceso. El(la) director(a) de grupo debe notificar a los padres de familia o acudientes la entrega del caso a la coordinación a través del protocolo P-02AD, en el cual se advierte de las consecuencias futuras de esta situación en el implicado. El(la) director(a) de grupo deberá cumplir con los siguientes aspectos como parte de su competencia en el debido proceso:

El(la) director(a) de grupo debe recepcionar todos los protocolos P-01AD que le entreguen los docentes o miembros de la comunidad educativa cuando reporten un caso de algún estudiante de su grupo a cargo, una vez recepcionados, se debe colocar en la primera página del FOLDER o CARPETA   en custodia, la ruta de atención integral para la convivencia escolar y colocar los datos personales del implicado, marcar con un resaltador el seguimiento del caso según la lista de chequeo y manejar responsablemente su archivo hasta la entrega del caso al profesional de apoyo.

El(la) director(a) de grupo cuando hay registrado tres anotaciones o más en el observador del estudiante, verificará el seguimiento en la ruta de atención integral para la convivencia escolar y debe revisar la CARPETA en custodia de la implicada cuyos protocolos deben estar debidamente diligenciados y a través del protocolo P-02AD notificar a los padres de familia o acudientes de la gravedad del caso y las consecuencias futuras al reportar a través del protocolo P-03AC la entrega del caso a orientación escolar. 

PASO 4  REMISIÓN DEL CASO A INSTANCIAS PEDAGÓGICAS DE APOYO PROFESIONAL: Como garantía del cumplimiento de todos sus derechos, la implicada deberá     ser atendida por un profesional de apoyo que permita diagnosticar las razones de su comportamiento, este profesional puede ser un(a) psicólogo(a), psiquiatra, terapista del lenguaje, fonoaudiólogo(a), consejero institucional, comisión local de convivencia escolar o profesional competente en el comportamiento humano, el procedimiento para el cumplimiento de este PASO en el debido proceso deberá cumplir con los siguientes aspectos:

El profesional de apoyo pedagógico deberá remitir a la institución los pasos y resultados de su seguimiento los cuales serán consignados con el anexo del diagnóstico profesional como prueba, teniendo en cuenta que los profesionales de apoyo pedagógico utilizan formatos y documentos especiales de su competencia, el protocolo P-08AC trata de evitar solicitar información netamente confidencial o interferir en la competencia del profesional de apoyo.

Cuando los profesionales de apoyo están al alcance de la institución educativa por su capacidad instalada se deberá cumplir con el paso anterior. En el caso de hacer una remisión al SISBEN – EPS – al Hospital más cercano o puesto de salud (Artículo 41 numeral 7 del Decreto 1965 de 2013), cumplido este paso  el rector  dará continuidad a los pasos del debido proceso.

PASO 5 – REMISIÓN DEL CASO AL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: El rector deberá verificar cada uno de los pasos estipulados en la ruta de atención integral para la convivencia escolar en el componente de SEGUIMIENTO, cumplido el paso anterior, notificará a los padres de familia o acudientes y a la implicada de la gravedad del asunto, diligenciará el protocolo P-06AC y hará entrega oficial del caso al comité de convivencia escolar en la reunión ordinaria programada en el cronograma, o en la reunión extraordinaria citada por el(la) rector(a).  se recomendaron acciones disuasivas y correctivas, a partir de este PASO 6 el o la estudiante implicada deberá ser ATENDIDA por el comité de convivencia escolar y el cumplimiento de sus sanciones serán aplicadas por el rector con la autorización previa del ACUERDO emitido por el comité de convivencia escolar así:

 

 

Artículo 23. Suspensión del servicio educativo institucional y pérdida de su condición como estudiante:

 

Esta acción re educativa emitida por el comité de convivencia escolar como la pérdida temporal de la condición de estudiante La suspensión del servicio educativo se realizará a través de una resolución rectoral motivada por un ACUERDO del comité de convivencia escolar, que otorga competencia a(la) RECTOR(A) para que haga efectiva la acción re educativa a través de una resolución  en ella, se hará entrega formal y oficial de la estudiante a su respectivo acudiente, garantizando plena responsabilidad de su tutela durante los días de suspensión.

La suspensión del servicio educativo de una estudiante se hace sólo una vez durante el año lectivo como lo exige la Corte Constitucional y ésta, se debe cumplir únicamente para garantizar el derecho al debido proceso. La estudiante durante los días hábiles de su suspensión, pierda todos los derechos que este Pacto de Convivencia le otorga como estudiante; esta suspensión puede ser desde un (1) día y hasta por diez (10) días hábiles, según sea tipificada su falta en las situaciones TIPO III, y el formato o protocolo para su validación, que debe ser firmado por la estudiante, el(la) rector(a) y los padres de familia o acudientes.

 

PROTOCOLO DE MATRÍCULA EN OBSERVACIÓN: El comité de convivencia escolar reunido de manera ordinaria o extraordinaria, después de estudiar el caso de el o la estudiante implicada y reincidente o no en esta instancia, exigirá a través de un ACUERDO, limitar los alcances de su matrícula formalizada, notificando a través del ACUERDO, la condición de su pérdida del cupo para continuar estudios el próximo año lectivo, o la pérdida inmediata de su condición de estudiante  procedimiento reafirmado en segunda instancia por el consejo directivo, el comité otorga competencia al(la) RECTOR(A) para que a través del protocolo P-03AR, pueda ejecutar la sanción de la estudiante y notificar con anticipación la pérdida del cupo para el próximo año lectivo o la cancelación de la matrícula en cualquier momento del año lectivo si no demuestran cambios positivos a partir del momento en que esto ocurra, los protocolos deben estar firmados por la estudiante, el(la) rector(a) y los padres de familia y/o acudientes.

 

REMISIÓN A INSTANCIAS EXTERNAS DE APOYO: El comité de convivencia escolar deberá remitir a cualquiera de las instancias de apoyo externo a que se refiere el artículo 41 numeral 7 del Decreto 1965 de 2013, al comité municipal de convivencia escolar o al comité nacional de convivencia escolar, además deberá reportar en el SISTEMA NACIONAL UNIFICADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR todos los casos que le sean asignados como parte del protocolo nacional del MEN. Estas acciones del comité escolar son propias de su competencia y deben aplicarse cuando lo considere necesario como apoyo a la solución del conflicto, estas instancias del estado tendrán acceso al sistema nacional unificado de convivencia escolar y para su remisión el comité utilizará el protocolo le dará facultades al rector para proceder ante autoridades competentes con la presentación del FOLDER o CARPETA en custodia que dan fe y testimonio del debido proceso.

El comité de convivencia escolar conformado en la institución según las disposiciones de la Ley 1620 y el Decreto 1965 de 2013, tendrá en sus funciones un cronograma de reuniones ordinarias, las cuales serán aprovechadas para presentar los casos especiales debidamente sustentados según la ruta de atención integral para la convivencia escolar y el cumplimento del debido proceso.

Los casos serán motivados  ante el comité de convivencia escolar, previa verificación del seguimiento en la lista de chequeo de la ruta de atención integral, garantizando que se hayan cumplido estrictamente todos los pasos del debido proceso, allí, el comité de convivencia escolar ESTUDIARÁ cada paso según las disposiciones de este Pacto de convivencia y la GUÍA TÉCNICA DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR y otorgará competencia al rector(a), para que hagan efectivas las acciones re educativas según los respectivos protocolos de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. El comité escolar deberá ser convocado de manera extraordinaria por el(la) rector(a) cuando se considere necesario.

PASO 7 - REMISIÓN DEL CASO AL CONSEJO DIRECTIVO: Cumplidos todos los pasos de la ruta de atención integral para la convivencia escolar, el (la) RECTOR(A) a través del protocolo P-03AR, convocará de manera ordinaria o extraordinaria al consejo directivo en pleno y presentará el caso. La disposición impuesta según el ACUERDO del consejo directivo, será formalizada por el(la) RECTOR(A) a través del protocolo P-12AR resolución que debe ser acatada y firmado el recibido por la estudiante y los padres de familia o acudientes con el anexo del ACUERDO del consejo

 

 

 

 

 

 

 

 

Artículo 24. COMPONENTES RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL 

 

La Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro componentes: de promoción, de prevención, de atención y de seguimiento.

 

Artículo 24.1. Componente de Promoción. El componente de promoción busca fomentar el mejoramiento de la convivencia y el clima escolar con el fin de generar un entorno favorable para el ejercicio real y efectivo de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades.

   Artículo 24.2.  Componente de Prevención. El componente de prevención

Intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en el contexto escolar.

    Artículo 24.3. Componente de Atención El componente de atención deberá desarrollar estrategias que permitan asistir continuamente a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo.

   Artículo 24.4. Componente de Seguimiento El componente de seguimiento se centrará en el seguimiento a las estrategias y acciones de promoción, prevención y atención desarrolladas por los actores e instancias del Sistema Nacional de convivencia escolar.

Artículo 25. Derecho a la intimidad y confidencialidad.  Los miembros del comité escolar de convivencia guardaran reserva de la información, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. Todas las actuaciones propias de los diferentes tipos de situaciones, deben proteger la intimidad y los derechos de las personas que suministren información respecto, tanto a los hechos, como de las personas que tienen la condición de agredidos o agresores.

Artículo 26. Circunstancias atenuantes

 

Se considera como circunstancias que atenúan o eximen la responsabilidad del estudiante, en la comisión de una situación que afecte la convivencia las siguientes:

 

1. Su edad, desarrollo psico-afectivo, mental, evolutivo y sus circunstancias personales, familiares y sociales.

2. El haber obrado por motivos nobles o altruistas

3. El haber observado buena conducta anterior

4. El confesar la situación que afectó la convivencia, oportunamente antes de ser descubierta por otros.

5. Afección psicológica comprobada siempre y cuando la familia y el estudiante se comprometan con un proceso y den intervención profesional fuera de la institución.

6. El haber sido inducido a cometer la situación que afecte la convivencia por alguien de mayor edad y/o madurez psico-afectiva.

7. Incurrir en la situación que afecte la convivencia en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan dolor físico o psíquico.

8. Procurar, a iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio causado antes de iniciarse el proceso disciplinario.

Artículo 27. Circunstancias agravantes

 

1. Reincidir en las situaciones que afectan la convivencia.

2. Incurrir en la situación de afectación de la convivencia para ocultar o ejecutar otra.

3. El haber mentido en forma oral o escrita en los descargos para justificar la situación que afecte la convivencia.

4. El irrespeto como reacción ante el señalamiento por el comité de una situación de afectación de la convivencia.

5. Realizar el hecho con pleno conocimiento de sus efectos dañosos o con la complicidad de sus compañeros.

6. No admitir la responsabilidad o atribuírsela a otros.

7. Infringir varias obligaciones con la misma conducta.

8. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa.

9. Cometer la situación que afectó la convivencia aprovechando condiciones de inferioridad de otros compañeros o miembros de la comunidad educativa.

10. Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso puede resultar peligro común.

11. El haber preparado o planeado ponderadamente la situación que afectó la convivencia o con complicidad de otros compañeros, miembros de la comunidad educativa o terceros ajenos a la institución.

12. Incurrir en la situación de afectación con detrimento del bienestar de una persona con dificultades especiales.

Parágrafo: Las circunstancias atenuantes y agravantes se tendrán en cuenta para la tasación de las acciones correctivas y sanciones.

 

CAPITULO VII: INCLUSION EDUCATIVA

 

Articulo 28. Principio de Inclusión

La Institución Educativa reconoce la inclusión como un principio fundamental que orienta todas las prácticas pedagógicas, relacionales y comunitarias. Entendemos la inclusión como el derecho de todas las personas a participar, aprender y convivir en igualdad de condiciones, reconociendo y valorando la diversidad humana en sus múltiples expresiones: cognitivas, emocionales, culturales, sexuales, étnicas, lingüísticas y físicas.

Artículo 29. Marco Legal: Ley 1620 de 2013

La Ley 1620 establece el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y promueve ambientes educativos democráticos, pacíficos e incluyentes. En coherencia con esta ley, el presente manual de convivencia:

- Garantiza el respeto por la dignidad humana y los derechos fundamentales de todos los miembros de la comunidad educativa.

- Reconoce la diversidad como valor pedagógico, promoviendo el desarrollo integral de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en contextos seguros y emocionalmente sostenibles.

- Establece mecanismos de prevención, atención y seguimiento frente a situaciones de discriminación, exclusión o vulneración de derechos.

 

Artículo 30. Compromisos Institucionales

La Institución se compromete a:

1. Implementar ajustes razonables y estrategias de Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) que favorezcan la participación activa de estudiantes con necesidades educativas diversas.

2. Promover una cultura de convivencia basada en el cuidado mutuo, el reconocimiento de las diferencias y la construcción colectiva de normas.

3.  Formar a docentes, familias y estudiantes en el ejercicio de la ciudadanía inclusiva, la educación para la sexualidad y la prevención de violencias, tal como lo establece la Ley 1620.

4. Diseñar rutas de atención que articulen lo pedagógico, lo emocional y lo institucional, priorizando la seguridad afectiva y el acompañamiento respetuoso.

 

Artículo 31. Participación y co-creación

La inclusión no es un protocolo, sino una práctica viva. Por ello, este manual se construye y revisa de manera participativa, integrando las voces de estudiantes, familias, docentes y directivos, especialmente aquellas que han sido históricamente silenciadas o invisibilizadas.

  1. Diagnostico participativo de barreras. Identificar barreras físicas, pedagógicas. Usar herramientas visuales, rituales o metáforas para facilitar la expresión emocional.
  2. Formación continua en inclusión. Promueve círculos reflexivos sobre prejuicios, estigmas y practicas excluyentes. Incorporar elementos rituales, musicales o visuales que faciliten la comprensión y el vínculo.
  3. Ajustes razonables y acompañamiento. Diseñar planes de acompañamiento emocional y pedagógico de participación familiar.
  4. Articulación con redes de apoyo. Vinculo con entidades de salud, bienestar, familiar, organizaciones comunitarias y redes de inclusión. Diseñar rutas de atención interinstitucional que respeten la dignidad y el contexto del estudiante.
  5. Evaluación inclusiva. Usar instrumentos de evaluación adaptados cualitativos y narrativos. Reconocer los logros emocionales, relacionales y simbólicos, no solo académicos.
  6. Validar el progreso desde la transformación personal y comunitaria.

Artículo 32. Deberes de la comunidad educativa

Este capítulo reconoce que la convivencia escolar no solo se construye desde los derechos, sino también desde los deberes compartidos que permiten el cuidado mutuo, la participación activa y el respeto por la diversidad. Los deberes aquí descritos se inspiran en la Ley 1620 de 2013, en los principios de educación inclusiva, y en el compromiso ético de cada miembro de la comunidad educativa.

  1. Deberes de los estudiantes

- Respetar la dignidad, identidad y ritmos de aprendizaje de sus compañeros y compañeras.

-  Participar activamente en los espacios de diálogo, rituales de convivencia y decisiones colectivas.

-  Cuidar los espacios físicos, simbólicos y emocionales de la institución.

-  Comunicar sus necesidades de manera respetuosa, buscando apoyo cuando lo requieran.

-  Valorar la diversidad como fuente de aprendizaje, creatividad y transformación.

-  Evitar cualquier forma de discriminación, exclusión o violencia, y contribuir a su prevención.

 

2. Deberes de los docentes y directivos

-  Diseñar ambientes pedagógicos flexibles, seguros y emocionalmente sostenibles.

-  Reconocer y atender las necesidades diversas de los estudiantes mediante ajustes razonables.

-  Identificar barreras para la participación y proponer estrategias inclusivas.

-  Modelar el respeto, la empatía y la escucha activa en todas las interacciones.

-  Activar rutas de atención ante situaciones de vulneración de derechos, siguiendo los protocolos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

-  Promover procesos formativos que integren la educación emocional, la sexualidad, la ciudadanía y la paz.

 

3. Deberes de las familias y cuidadores

-  Participar en los procesos formativos, talleres y espacios de Escuela para Familias.

- Reconocer la escuela como un territorio de cuidado compartido y transformación.

- Acompañar a sus hijos e hijas en el desarrollo de hábitos de respeto, escucha y autorregulación.

- Colaborar en la construcción de acuerdos de convivencia desde el diálogo y la corresponsabilidad.

- Promover el respeto por la diversidad en el hogar y en la comunidad.

- Entregar la documentación de seguimientos médicos y/o por especialistas.

 

 

 

CAPITULO VIII.  DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

 

Incorporar a este manual de convivencia, el Comité Escolar de Convivencia, conformado por el consejo directivo de este establecimiento educativo, en los términos del artículo 22 del decreto 1965 de 2013.

 

Artículo 33. Objetivo del comité Escolar de convivencia escolar: Es apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del manual de convivencia y de la prevención y mitigación de la violencia escolar.

 

Artículo 34. Integrantes:  estará integrado por:

El Rector, quien lo presidirá.

El personero estudiantil.

El presidente del Consejo de padres.

El presidente del Consejo de estudiantes.

Un docente que lidere procesos de convivencia escolar.

 

Parágrafo 1: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

 

Artículo 35. Funciones:  Se adoptan las funciones Establecidas por la ley 1620 de 2013, Decreto reglamentario 1965 de 2013:

1.    Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre Docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 

2.    Liderar en el establecimiento educativo acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3.    Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

4.    Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones Conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

5.    Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la ley 1620 de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 

6.    Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

7.    Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

8.    Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

9.    Proponer y llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa.

10.facilitar espacios de conciliación cuando alguno de los actores de la Comunidad Educativa lo solicite con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para tal efecto, el Comité designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo estimen conveniente.

11.Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes, docentes y estudiantes, y los que surjan entre estos últimos.

12.Llevar a cabo el seguimiento del cumplimiento de las disposiciones y rutas de atención integral establecidas en el Manual de Convivencia.

 

Artículo 36. Sesiones. El Comité de Convivencia Escolar, se reunirá una vez cada dos meses o cuando las circunstancias lo requieran y/o a petición de uno de sus integrantes.

                                                           

Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el presidente del comité escolar de convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o· por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo.

Quórum decisorio. EL quórum decisorio del Comité de Convivencia Escolar, se integrará con cuatro (4) de sus miembros, y las decisiones se adoptarán con la mitad más uno (1) de los asistentes.

En cualquier caso, este comité no podrá sesionar sin la presencia del presidente.

 

Artículo 37. Decisiones. Las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, se adoptarán mediante actas, las cuales deben contener como mínimo, la siguiente información:

1.     Lugar, fecha y hora en la cual se efectúo la reunión.

2.     Registro de los miembros del Comité que asistieron a la sesión, precisando en cada caso la entidad o sector que representan y verificación del quórum.

3.     Registro de los miembros del Comité que presentaron excusa debidamente justificada para no asistir a la sesión.

4.     Indicación de los medios utilizados para comunicar la citación a los miembros del Comité.

5.     Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las acciones, medidas recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones.

6.     Firma del Presidente del Comité y del Secretario Técnico, una vez haya sido aprobada por los asistentes

 

Artículo 38. Invitación.  El Comité de Convivencia Escolar, podrá invitar a sus sesiones a funcionarios y miembros de la comunidad educativa, cuando considere que sus aportes puedan ser de utilidad para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 39. Confidencialidad. El comité escolar de convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones.

Artículo 40. Conflictos de interés, impedimentos y recusaciones:  Los impedimentos y recusaciones en que se vean incursos los miembros del Comité de Convivencia Escolar, se definirá conforme a lo establecido en los artículos 11 y 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que a la letra dicen:

Artículo 41. Conflictos de interés y causales de impedimento y recusación. Cuando el interés general propio de la función pública entre en conflicto con el interés particular y directo del servidor público, este deberá declararse impedido. Todo servidor público que deba adelantar o sustanciar actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas o pronunciar decisiones definitivas podrá ser recusado si no manifiesta su impedimento por:

1. Tener interés particular y directo en la regulación, gestión, control o decisión del asunto, o tenerlo su cónyuge, compañero o compañera permanente, o alguno de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o su socio o socios de hecho o de derecho.

2. Haber conocido del asunto, en oportunidad anterior, el servidor, su cónyuge, compañero permanente o alguno de sus parientes indicados en el numeral precedente.

3. Ser el servidor, su cónyuge, compañero permanente o alguno de sus parientes arriba indicados, curador o tutor de persona interesada en el asunto.

4. Ser alguno de los interesados en la actuación administrativa: representante, apoderado, dependiente, mandatario o administrador de los negocios del servidor público.

5. Existir litigio o controversia ante autoridades administrativas o jurisdiccionales entre el servidor, su cónyuge, compañero permanente, o alguno de sus parientes indicados en el numeral 1, y cualquiera de los interesados en la actuación, su representante o apoderado.

6. Haber formulado alguno de los interesados en la actuación, su representante o apoderado, denuncia penal contra el servidor, su cónyuge, compañero permanente, o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, antes de iniciarse la actuación administrativa; o después, siempre que la denuncia se refiera a hechos ajenos a la actuación y que el denunciado se halle vinculado a la investigación penal.

7. Haber formulado el servidor, su cónyuge, compañero permanente o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, denuncia penal contra una de las personas interesadas en la actuación administrativa o su representante o apoderado, o estar aquellos legitimados para intervenir como parte civil en el respectivo proceso penal.

8. Existir enemistad grave por hechos ajenos a la actuación administrativa, o amistad entrañable entre el servidor y alguna de las personas interesadas en la actuación administrativa, su representante o apoderado.

9. Ser el servidor, su cónyuge, compañero permanente o alguno de sus parientes en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero civil, acreedor o deudor de alguna de las personas interesadas en la actuación administrativa, su representante o apoderado, salvo cuando se trate de persona de derecho público, establecimiento de crédito o sociedad anónima.

10. Ser el servidor, su cónyuge, compañero permanente o alguno de sus parientes indicados en el numeral anterior, socio de alguna de las personas interesadas en la actuación administrativa o su representante o apoderado en sociedad de personas.

11. Haber dado el servidor consejo o concepto por fuera de la actuación administrativa sobre las cuestiones materia de la misma, o haber intervenido en esta como apoderado, Agente del Ministerio Público, perito o testigo. Sin embargo, no tendrán el carácter de concepto las referencias o explicaciones que el servidor público haga sobre el contenido de una decisión tomada por la administración.

12. Ser el servidor, su cónyuge, compañero permanente o alguno de sus parientes indicados en el numeral 1, heredero o legatario de alguna de las personas interesadas en la actuación administrativa.

13. Tener el servidor, su cónyuge, compañero permanente o alguno de sus parientes en segundo grado de consanguinidad o primero civil, decisión administrativa pendiente en que se controvierta la misma cuestión jurídica que él debe resolver.

14. Haber hecho parte de listas de candidatos a cuerpos colegiados de elección popular inscritas o integradas también por el interesado en el período electoral coincidente con la actuación administrativa o en alguno de los dos períodos anteriores.

15. Haber sido recomendado por el interesado en la actuación para llegar al cargo que ocupa el servidor público o haber sido señalado por este como referencia con el mismo fin.

16. Dentro del año anterior, haber tenido interés directo o haber actuado como representante, asesor, presidente, gerente, director, miembro de Junta Directiva o socio de gremio, sindicato, sociedad, asociación o grupo social o económico interesado en el asunto objeto de definición.

 

Artículo 42. Trámite de los impedimentos y recusaciones. En caso de impedimento el servidor enviará dentro de los tres (3) días siguientes a su conocimiento la actuación con escrito motivado al superior, o si no lo tuviere, a la cabeza del respectivo sector administrativo. A falta de todos los anteriores, al Procurador General de la Nación cuando se trate de autoridades nacionales o del Alcalde Mayor del Distrito Capital, o al procurador regional en el caso de las autoridades territoriales.

La autoridad competente decidirá de plano sobre el impedimento dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su recibo. Si acepta el impedimento, determinará a quién corresponde el conocimiento del asunto, pudiendo, si es preciso, designar un funcionario ad hoc. En el mismo acto ordenará la entrega del expediente.

Cuando cualquier persona presente una recusación, el recusado manifestará si acepta o no la causal invocada, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su formulación. Vencido este término, se seguirá el trámite señalado en el inciso anterior.

La actuación administrativa se suspenderá desde la manifestación del impedimento o desde la presentación de la recusación, hasta cuando se decida. Sin embargo, el cómputo de los términos para que proceda el silencio administrativo se reiniciará una vez vencidos los plazos a que hace referencia el inciso 1 de este artículo”.

 

CAPITULO IX. GOBIERNO ESCOLAR

 

Artículo 43: El Consejo Directivo: este órgano está constituido por: Rector (o quien haga sus veces), dos (2) representante de los docentes, dos (2) representantes de los padres de familia, un (1) estudiante elegido por el Consejo de Estudiantes (personero), un (1) representante de los exalumnos. Encargado de tomar las decisiones relacionadas con el funcionamiento institucional:

-          Planear y evaluar el PEI, el currículo y el plan de estudios

-          Actualizar el Manual de convivencia periódicamente

-          Resolver conflictos entre docentes y administrativos, o docentes y estudiantes

-          Definir el uso de las instalaciones para la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales

-          Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos.

-          Y otras que le competen según la normatividad vigente.  

 

Artículo 44: El Consejo Académico: Este órgano está constituido por: Rector (o quien haga sus veces), coordinador (o quien haga sus veces) y un (1) docente por cada área definida en el plan de estudios; responsable de:

-          La organización, orientación pedagógica, ejecución y mejoramiento continuo del plan de estudios.

-          Revisar y hacer ajustes al currículo

-          Participar en la evaluación institucional anual.

-          Conformar las comisiones de evaluación y promoción, para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y supervisar el proceso general de evaluación

-          Recibir y resolver las reclamaciones de los estudiantes sobre la evaluación educativa.

 

Artículo 45: El Comité de Convivencia este órgano está conformado por: Rector (quien lo preside), el personero estudiantil, el presidente del Consejo de Padres, el docente con función de orientador, dos (2) representantes de los docentes (uno por primaria y uno por bachillerato). Cuyas funciones son:

-          Guardar discreción y prudencia sobre los asuntos que trate o estudie el Comité de Convivencia Escolar.

-          Consultor del consejo directivo y del rector.

-          Intermediar en la resolución de situaciones de convivencia y disciplina.

-          Realizar actividades y talleres para fomentar la convivencia y los valores.

-          Instalar mesas de conciliación cuando el caso lo amerite, para la resolución pacífica de conflictos

-          Hacer seguimiento al cumplimiento de lo establecido en el manual de convivencia.

 

Artículo 46: Junta de Padres de Familia: conformado por: un (1) presidente(a), un (1) secretario(a). un (1) tesorero, un (1) fiscal; cuyas principales funciones son:

-          Involucrarse en la elaboración de los planes de mejoramiento institucional

-          Contribuir con el rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las pruebas SABER y el examen de Estado

-          Presentar propuestas para actualizar el Manual de convivencia a apoyar en el desarrollo de actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas orientadas a mejorar las competencias.

-          Promover actividades de formación de los padres de familia (Escuela de Padres) encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes.

 

Artículo 47: El Consejo Estudiantil: Estará integrado por: un representante de cada uno de los grados ofrecidos en la Institución, elegidos mediante proceso democrático; los estudiantes del nivel preescolar, primero y segundo de primaria, serán representados por un estudiante que este cursando el grado tercero. Cuyas funciones son:

-          Darse su propia organización interna: presidente, secretario y fiscal

-          Delegar al personero estudiantil ante el Consejo Directivo del establecimiento, y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.

-          Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil

-          Presentar, ante las instancias correspondientes, iniciativas o sugerencias de los procesos educativos.

 

Artículo 48: del Personero Estudiantil: El cargo será asumido por un estudiante que curse el último grado que ofrezca la Institución, para lo cual el establecimiento convocará a todos los estudiantes matriculados a proceso democrático (mediante voto secreto) para su elección. Quien asuma el cargo deberá tener el siguiente perfil:

-          Tener buen desempeño académico y disciplinario.

-          Tener liderazgo, ser dinámico, creativo y facilidad de expresión.

-          Tener disponibilidad de tiempo para desarrollar las actividades propias de su cargo.

-          Sin imparcial ante la situación de conflicto que se lleguen a presentar

-          Haber ingresado a la institución mínimo el año inmediatamente anterior.

-          Conocer las funciones de su cargo. Las cuales son: 

Funciones:

-          Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia.

-          Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre vulneración a sus derechos.

-           Recibir y evaluar las quejas y reclamos sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes que presente cualquier otro miembro de la comunidad educativa

-          Presentar ante el directo de grupo o rectoría, según sus competencias, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes

-          Apelar ante el Consejo Directivo las decisiones de la rectoría cuando considere que estas afectan los derechos de los estudiantes

-          Presentar a la comunidad estudiantil, a través de los representantes de grupo y/o el Consejo Estudiantil, un informe de su gestión al menos una (1) vez al año.  

-          El personero podrá perder su investidura cuando incurra en una falta grave comprobada, o cuando no cumpla sus funciones. En ese caso, el cargo será asumido por el estudiante que le haya seguido en votación.

 

 

 

 

HIMNO NACIONAL

 

CORO 

¡Oh gloria inmarcesible! 
¡Oh júbilo inmortal! 
¡En surcos de dolores 
El bien germina ya. 

Primera estrofa. 

Cesó la horrible noche 
La libertad sublime 
Derrama las auroras 
De su invencible luz. 
La humanidad entera, 
Que entre cadenas gime, 
Comprende las palabras 
Del que murió en la cruz 

Segunda estrofa. 

"Independencia" grita 
El mundo americano: 
Se baña en sangre de héroes 
La tierra de Colón. 
Pero este gran principio: "el rey no es soberano" 
Resuena, Y los que sufren 
Bendicen su pasión. 

Tercera estrofa. 

Del Orinoco el cauce 
Se colma de despojos, 
De sangre y llanto un río Se mira allí correr. 
En Bárbula no saben 
Las almas ni los ojos 
Si admiración o espanto 
Sentir o padecer. 

Cuarta estrofa. 

A orillas del Caribe 
Hambriento un pueblo lucha Horrores prefiriendo 
A pérfida salud. 
!Oh, sí¡ de Cartagena 
La abnegación es mucha, 
Y escombros de la muerte 
desprecian su virtud. 

Quinta estrofa. 

De Boyacá en los campos 
El genio de la gloria 
Con cada espiga un héroe 
invicto coronó. 
Soldados sin coraza 
Ganaron la victoria; 
Su varonil aliento 
De escudo les sirvió. 

Sexta estrofa. 

Bolívar cruza el Ande 
Que riega dos océanos 
Espadas cual centellas 
Fulguran en Junín. 
Centauros indomables 
Descienden a los llanos 
Y empieza a presentirse 
De la epopeya el fin. 

Séptima estrofa. 

La trompa victoriosa 
Que en Ayacucho truena 
En cada triunfo crece 
Su formidable són. 
En su expansivo empuje 
La libertad se estrena, 
Del cielo Americano 
Formando un pabellón. 

Octava estrofa. 

La Virgen sus cabellos 
Arranca en agonía 
Y de su amor viuda 
Los cuelga del ciprés. 
Lamenta su esperanza 
Que cubre losa fría; 
Pero glorioso orgullo 
circunda su alba tez. 

Novena estrofa. 

La Patria así se forma 
Termópilas brotando; 
Constelación de cíclopes Su noche iluminó; 
La flor estremecida 
Mortal el viento hallando 
Debajo los laureles 
Seguridad buscó 

Décima estrofa. 

Mas no es completa gloria Vencer en la batalla, 
Que al brazo que combate Lo anima la verdad. 
La independencia sola 
El gran clamor no acalla: 
Si el sol alumbra a todos 
Justicia es libertad. 

Undécima estrofa. 

Del hombre los derechos 
Nariño predicando, 
El alma de la lucha 
Profético enseñó. 
Ricaurte en San Mateo 
En átomos volando 
"Deber antes que vida", 
Con llamas escribió. 

Letra: Rafael Núñez. 

Música: Oreste Sindici.

 

Letra: GUSTAVO WILCHES CHAUX 
Música: MARIO GOMEZ VIGNES



 

HIMNO DEPARTAMENTO DEL CAUCA

CORO

Cauca, Cauca 
Nos une un pasado 
un propósito y una intención 
Voluntad de encontrar un camino 
compartido hacia un mundo mejor.



Primera estrofa

Cuna de aguas fecundas 
Cordillera de sol 
mar que lame una costa 
de oro, mangle y tambor.

 

Segunda estrofa

Mano abierta a la vida 
Isla agreste, estación 
donde el viento se posa 
A ensayar su canción

Tercera estrofa

Suelo fértil de valles 
que un volcán abonó 
Selva y nubes se funden 
en un verde crisol

 

Cuarta estrofa

Blancos, indios y negros 
una sola ilusión 
Hijos de la misma tierra 
Frutos de la misma flor

 

 HIMN0 MUNICIPIO DE EL TAMBO

 Coro 

¡Oh mi Tambo!

De mi vida el ensueño

y del Cauca febril corazón

tu paisaje adorna mi cielo,

paraíso de paz y de amor. Bis.

 

 Primera estrofa

 

La Cuchilla de El Tambo que un día,

en su cima proeza se dio,

Y el gran héroe Liborio Mejía,

de mi patria una historia escribió.

Obelisco, pasado y presente,

monumento al fervor nacional,

de la lucha valiosa simiente,

testimonio de gesta inmortal.

 

 Segunda estrofa

 

De los Andes sus verdes montañas,

con Munchique en la inmensidad,

un paisaje que encarna la calma,

para  sueño de la humanidad.

De altiplano, ladera y la sierra,

mana el agua desde un manantial,

fauna, flora y la mina ¡oh tierra!

a inspirar la cultura ambiental.

Tercera estrofa

 

  El encanto de origen tambeño,

es Samanga belleza sin par,

del extraño cautiva el ensueño,

 es amor, es labor y es cantar.

Cultivar tanto el arte y la ciencia,

para el hombre Tambeño es deber,

redimir del ancestro la herencia,

del saber, viva llama encender

 

Cuarta estrofa

 

Cada etnia un aporte al presente,

al  futuro y al mundo real,

a una tierra de gente valiente,

y  al encuentro de un sueño ideal.

Una antorcha encendida levanto

que ilumine camino y verdad,

con orgullo a mi Tambo le canto,

a Colombia y a la heredad.

 

Letra: 

NECTARIO HOYOS SILVA 

Música: 

JUAN CARLOS CORDOBA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

HIMNO NACIONAL

 

CORO 

¡Oh gloria inmarcesible! 
¡Oh júbilo inmortal! 
¡En surcos de dolores 
El bien germina ya. 

Primera estrofa. 

Cesó la horrible noche 
La libertad sublime 
Derrama las auroras 
De su invencible luz. 
La humanidad entera, 
Que entre cadenas gime, 
Comprende las palabras 
Del que murió en la cruz 

Segunda estrofa. 

"Independencia" grita 
El mundo americano: 
Se baña en sangre de héroes 
La tierra de Colón. 
Pero este gran principio: "el rey no es soberano" 
Resuena, Y los que sufren 
Bendicen su pasión. 

Tercera estrofa. 

Del Orinoco el cauce 
Se colma de despojos, 
De sangre y llanto un río Se mira allí correr. 
En Bárbula no saben 
Las almas ni los ojos 
Si admiración o espanto 
Sentir o padecer. 

Cuarta estrofa. 

A orillas del Caribe 
Hambriento un pueblo lucha Horrores prefiriendo 
A pérfida salud. 
!Oh, sí¡ de Cartagena 
La abnegación es mucha, 
Y escombros de la muerte 
desprecian su virtud. 

Quinta estrofa. 

De Boyacá en los campos 
El genio de la gloria 
Con cada espiga un héroe 
invicto coronó. 
Soldados sin coraza 
Ganaron la victoria; 
Su varonil aliento 
De escudo les sirvió. 

Sexta estrofa. 

Bolívar cruza el Ande 
Que riega dos océanos 
Espadas cual centellas 
Fulguran en Junín. 
Centauros indomables 
Descienden a los llanos 
Y empieza a presentirse 
De la epopeya el fin. 

Séptima estrofa. 

La trompa victoriosa 
Que en Ayacucho truena 
En cada triunfo crece 
Su formidable són. 
En su expansivo empuje 
La libertad se estrena, 
Del cielo Americano 
Formando un pabellón. 

Octava estrofa. 

La Virgen sus cabellos 
Arranca en agonía 
Y de su amor viuda 
Los cuelga del ciprés. 
Lamenta su esperanza 
Que cubre losa fría; 
Pero glorioso orgullo 
circunda su alba tez. 

Novena estrofa. 

La Patria así se forma 
Termópilas brotando; 
Constelación de cíclopes Su noche iluminó; 
La flor estremecida 
Mortal el viento hallando 
Debajo los laureles 
Seguridad buscó 

Décima estrofa. 

Mas no es completa gloria Vencer en la batalla, 
Que al brazo que combate Lo anima la verdad. 
La independencia sola 
El gran clamor no acalla: 
Si el sol alumbra a todos 
Justicia es libertad. 

Undécima estrofa. 

Del hombre los derechos 
Nariño predicando, 
El alma de la lucha 
Profético enseñó. 
Ricaurte en San Mateo 
En átomos volando 
"Deber antes que vida", 
Con llamas escribió. 

Letra: Rafael Núñez. 

Música: Oreste Sindici.

 

Letra: GUSTAVO WILCHES CHAUX 
Música: MARIO GOMEZ VIGNES



 

HIMNO DEPARTAMENTO DEL CAUCA

CORO

Cauca, Cauca 
Nos une un pasado 
un propósito y una intención 
Voluntad de encontrar un camino 
compartido hacia un mundo mejor.



Primera estrofa

Cuna de aguas fecundas 
Cordillera de sol 
mar que lame una costa 
de oro, mangle y tambor.

 

Segunda estrofa

Mano abierta a la vida 
Isla agreste, estación 
donde el viento se posa 
A ensayar su canción



 

 

 

Tercera estrofa

Suelo fértil de valles 
que un volcán abonó 
Selva y nubes se funden 
en un verde crisol

 

Cuarta estrofa

Blancos, indios y negros 
una sola ilusión 
Hijos de la misma tierra 
Frutos de la misma flor

 

 HIMN0 MUNICIPIO DE EL TAMBO

 Coro 

¡Oh mi Tambo!

De mi vida el ensueño

y del Cauca febril corazón

tu paisaje adorna mi cielo,

paraíso de paz y de amor. Bis.

 

 Primera estrofa

 

La Cuchilla de El Tambo que un día,

en su cima proeza se dio,

Y el gran héroe Liborio Mejía,

de mi patria una historia escribió.

Obelisco, pasado y presente,

monumento al fervor nacional,

de la lucha valiosa simiente,

testimonio de gesta inmortal.

 

 Segunda estrofa

 

De los Andes sus verdes montañas,

con Munchique en la inmensidad,

un paisaje que encarna la calma,

para  sueño de la humanidad.

De altiplano, ladera y la sierra,

mana el agua desde un manantial,

fauna, flora y la mina ¡oh tierra!

a inspirar la cultura ambiental.

Tercera estrofa

 

  El encanto de origen tambeño,

es Samanga belleza sin par,

del extraño cautiva el ensueño,

 es amor, es labor y es cantar.

Cultivar tanto el arte y la ciencia,

para el hombre Tambeño es deber,

redimir del ancestro la herencia,

del saber, viva llama encender

 

Cuarta estrofa

 

Cada etnia un aporte al presente,

al  futuro y al mundo real,

a una tierra de gente valiente,

y  al encuentro de un sueño ideal.

Una antorcha encendida levanto

que ilumine camino y verdad,

con orgullo a mi Tambo le canto,

a Colombia y a la heredad.

 

Letra: 

NECTARIO HOYOS SILVA 

Música: 

JUAN CARLOS CORDOBA